Obligaciones Laborales y Seguridad Social: Inscripción, Cotización y Sistema RED
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Inscripción de las empresas
- ¿Quién debe inscribirse? Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que contrate trabajadores.
- ¿Cuándo? Antes del inicio de la actividad.
- ¿Dónde? En la Tesorería General de la Seguridad Social.
- ¿Documentos que debe aportar?
- Solicitud de inscripción en el sistema de la Seguridad Social.
- Póliza de accidentes de trabajo.
- IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas).
- NIF.
- Alta de los trabajadores.
Variación de datos y cese en la actividad de la empresa
Las empresas deben comunicar cualquier variación que se produzca en los datos que aportaron a la Tesorería Territorial de la Seguridad Social:
- Cualquier tipo de variación: 6 días siguientes.
- Cambio de entidad de AT y EP: 10 días de antelación.
- Cese en la
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