El Derecho a la Huelga: Conceptos, Límites y Tipos
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Titularidad
El artículo 28.2 de la Constitución Española (CE) establece que el derecho a la huelga es aplicable únicamente a quienes prestan un trabajo retribuido a favor de otro (excluyendo a estudiantes, comerciantes y autónomos). Sin embargo, en la práctica, este derecho se ha ampliado sustancialmente.
Otros sujetos
- Trabajadores asalariados: Sí, pero con un tratamiento especial en establecimientos militares y para los penados en instituciones penitenciarias.
- Funcionarios públicos: Sí, pero no para la guardia civil, el Cuerpo Nacional de Policía (que no tienen derecho a la libertad sindical), ni para jueces, magistrados o fiscales.
La decisión de secundar o no una huelga es individual, pero requiere cierta concurrencia de personas.... Continuar leyendo "El Derecho a la Huelga: Conceptos, Límites y Tipos" »