Programa cálculo incapacidad permanente total

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Incapacidad temporal


Situación en la que el sujeto se encuentra imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la S.S, debido a una enfermedad o accidente.

Requisitos

Afiliación y alta.Reunir un periodo de carencia, de 180 días dentro de los 5 años anteriores a la baja médica(si la incapacidad deriva de un accidente, sea o no laboral, o de una enfermedad profesional, no se requiere periodo de carencia).

Duración

En IT por AT/EP/EC: hasta 12 meses, pudiendo prorrogarse por otros seis meses si se presume el alta por curación en ese periodo.

Incapacidad permanente parcial.IPP

Situación en la que se encuentra el trabajador que, una vez seguido el tratamiento médico, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, que le suponen la disminución o la anulación de su capacidad laboral con carácter permanente.Permite seguir trabajando.El trabajador tiene una disminución sin impedirle la ejecución de sus tareas habituales.Cálculo de la prestaciónIPP.
24 mensualidades de la BR de la IT (indemnización a tanto alzado).

Incapacidad permanente total.IPT

Inhabilita al trabajador para llevar a cabo las tareas básicas de su profesión, pero le permite dedicarse a otras distintas.Pensión vitalicia para toda la vida.

Cálculo de la prestación

IPT.Pensión vitalicia del 55% de la BR,que no podrá ser inferior al 55% de la base mínima de cotización .Para los menores de 60 años puede ser excepcionalmente una indemnización a tanto alzado. En la IPT cualificada, la pensión será del 75% de la BR.

Incapacidad absoluta.IPA

Supone la inhabilitación del trabajador para cualquier profesión.Quedo oficialmente fuera del mercado laboral.Cálculo de la prestaciónIPA.100% de la BR.

Gran invalidez.GI

Situación del trabajador en la que, además de estar incapacitado para el trabajo, requiere de la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida.

Cálculo de la prestación

GI.100% de la BR más un complemento equivalente al resultado de sumar el 45%.Común= del 4º al 20º incluidos un 60% de base reguladora 21º en adelante el 75% de base reguladora. Se calcula con la base contingencias comunes del mes anteriorSi al cobrar cobro el 100% no es porque me lo page la seguridad social sino porque esta en convenio por empresa y esto se paga en especie.AT/EP (accidente de trabajo, enfermedad profesional): la baja empieza desde el primer día.= 75% Reguladora.

Seguridad social


Es un sistema público cuyo objeto es la protección de las personas incluidas en su campo de aplicación y los familiares a su cargo, frente a determinados riesgos o contingencias que les ocasionan situaciones de necesidad.Es un sistema público, universal y obligatorio de cobertura frente a estados de necesidad.

Modalidades de prestación Contributiva

Está reservado para aquellos que cotizan al sistema. Se otorga a los trabajadores y a los familiares a su cargo cuando reúnen los requisitos.

No contributiva

Es para aquellos que no han cotizado o no han cotizado lo suficiente y además tienen bajo nivel de renta.RegíMenes de la Seguridad Social (Conjunto normativo que lo regula)Hay un régimen general y luego hay una serie de regíMenes especiales,toreros, artistas.Hay un régimen especial del trabajador autónomo RETA.Peculiaridades del RETA; asume toda la cotización y las prestaciones que recibe son mucho perores. No tienen derecho a paro ni a contingencias comunes. (Accidente común y enfermedad no laboral).

La gestiónEl INSS

Organismo de la S.S que depende del ministerio de empleo y se dedica a reconocer todas las prestaciones de la S.S.

-Tesorería General de la S.S

Se encarga de recaudar.

Inmerso

Dedicado a los servicios sociales y de la tercera edad.

ISM

Instituto social de la marina, gestiona toda la S.S de las personas que trabajan en la marina.

SPEE o SEPE

Organismo independiente, antiguo INEN. Su función es el reconocimiento y pago de la prestación de desempleo.

Obligaciones

Inscripción de la empresa en la S.S si va a tener trabajadores a su cargo, antes de empezar la actividad laboral. Si soy empresario individual, va a ser el RETA, es autónomo.

IT; incapacidad temporal

Es una situación en la que se encuentran los trabajadores impedidos para trabajar por los siguientes orígenes:

Accidente común

(Me caigo en casa).

Enfermedad común

(Gripe).Es toda aquella que no es profesional, pero si puedo probar que el origen es en el trabajo,se convierte en enfermedad profesional, a efectos legales.

Accidente de trabajo

(AT).Es el que ocurre en el entorno de trabajo.(Me caigo por las escaleras de la oficina).Es todo aquel accidente en el horario de trabajo y en su puesto de trabajo. (Salvo prueba en contra)AT(in itinere); trayecto de mi casa al trabajo y el trabajo a mi casa, sin variar el recorrido.

Enfermedad profesional

(EP).La que ocurre por causa del trabajo. Existe un real decreto donde existen las enfermedades profesionales,es donde están reconocidas.

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