Prestaciones de la Seguridad Social: Incapacidad Temporal, Permanente y Jubilación
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Incapacidad Temporal (IT)
La incapacidad temporal requiere asistencia médica y el cumplimiento de ciertos requisitos de cotización:
- Enfermedad común: Se requieren 180 días cotizados en los últimos 5 años.
- Accidente o enfermedad profesional: No se exige periodo previo de cotización.
La Base Reguladora (BR) se calcula siempre dividiendo el salario del mes anterior entre los días del mes. La prestación se obtiene multiplicando la BR por el porcentaje correspondiente:
Tipos de contingencias
- Contingencias comunes:
- Días 0 a 3: Sin cuantía (a cargo de la empresa).
- Días 4 a 20: 60% de la cuantía (días 4-15 empresa, 16-20 entidad gestora).
- Día 21 en adelante: 75% (entidad gestora).
- Contingencias profesionales: Desde el día 1, 75% de la cuantía
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