Colaboración Empresarial y Acción Protectora en Seguridad Social
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Colaboración de Empresas con la Seguridad Social
La colaboración de las empresas con la Seguridad Social puede adoptar dos formas principales: **Obligatoria** y **Voluntaria**.
La forma **obligatoria** deriva de la necesidad de hacer frente a las prestaciones económicas derivadas de la **incapacidad temporal**. Además, el desempleo parcial puede adelantar la prestación.
La colaboración **voluntaria** puede consistir en un régimen de **autogestión** frente a contingencias como la **cobertura sanitaria** o la **incapacidad temporal**. Esto incluye la cobertura derivada de **enfermedad común** y **accidentes no laborales**, así como las prestaciones económicas asociadas. Para acogerse a este régimen, se exige tener más de **250 trabajadores*... Continuar leyendo "Colaboración Empresarial y Acción Protectora en Seguridad Social" »
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