Aspectos Legales del Divorcio, Acuerdo de Unión Civil y Sociedad Conyugal en Chile
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Divorcio
Divorcio: "Se entiende como la causal de término del matrimonio, válidamente celebrado, por un hecho acaecido con posterioridad a su celebración, a petición de uno o ambos cónyuges, cumpliendo previamente los requisitos que lo autorizan, y en ciertos casos transcurrido el plazo previsto en la ley".
De los Efectos del Divorcio
Se debe distinguir entre los efectos entre los cónyuges y entre terceros.
- Entre los cónyuges: El divorcio producirá efectos desde que la sentencia quede firme o ejecutoriada. Cesa la obligación de alimentos, pero se requiere que el cese sea solicitado (por el interesado) al Tribunal que había aprobado la pensión de alimentos, para que este declare el cese.
- Respecto de terceros: La sentencia firme o ejecutoriada