Partes de un escrito judicial en Chile

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partes: personas naturales o jurídicas que originariamente han iniciado la contienda ya sea por su propia voluntad, o porque se han visto forzadas a ello.

acción: facultad que tienen las personas con motivo del derecho que les ha siedo vulnerado o desconocido y el acto material que hacen valer lo constituye la demanda.

patrocinio: contrato que han celebrado con un aboggado habilitado para el ejercicio de la profesión, contrato que dura por todo el juicio y que solamente puede extinguirse por revocación, renuncia o fallecimiento del patrocinante, es el cto en que una parte celebra con un abogado para lso efectos que la asesore y tome su defensa procesal. El abogado es el único que puede alegar por él ante los T° . Sanción : el escrito se entiende por no presentado.

Mandato judicial


Cto por el cual una persona encarga a otra que la represente ante los T° de justicia, en algún proceso o gestión no contenciosa, es solemne y puede otorgarse: 1. Por escritura pública ante notario o oficial del registro civil 2. Mediante acta extendida ante un juez de letras o un árbitro 3.Declaración escrita del mandante autorizada por el secre del T° 4. Mediante endoso en comisión de cobranza. Se puede otorgar a : 1. Abogado habilitado para el ejer de la profesión 2. Procurador del n° 3. Estudiante de 3ro
4to 5to 4. Alumnos en la practica judicial en la corporación de asistencia judicial. No concluye con ; la muerte del mandante ni la del abogado, en caso de renuncia del abogado debe poner en conocimiento de su cliente y conservara su responsabilidad hasta que transcurra el termino del emplazamiento desde la notificación de su renuncia. Facultades del mandato : 1. Esenciales; aquellas sin las cuales el mandato no podría subsistir en este caso es la representación 2. De la naturaleza; las quese entienden comprendidas en el mdto judicial sin necesidad que las partes las expresen --> delegar 3. Especiales o accidentales; aquellas que deben estipularse en forma expresa por las partes.


Comaprencia forzada


1
.
Jactancia cuando la persona manifiesta tener un d° del cual no está gozando, puede pedir que se dedusca la dma ante el T° competente dentro de un plazo de 10 días que se peude ampliar a 30 bajo apercibimiento de que si no lo hace no será oído despeus del d° que dice tener

2.
acción que comprende a varias personas 3
.
Reserva de acciones en el juicio ejecutivo 4. Juicio que se haya iniciado por medida prejudicial. Agencia oficiosa: actuación en un juicio de una peresona que no tiene poder para representar a una de las partes, su comparecencia se permite siempre que rinda fianza suficiente que demustre que la persona está impedida de actuar y de otorgar mandato.

3ros:

personas que comparecen voluntariamente al proceso 1
.
Coadyuvantes tienen un interés directo en el resultado del juicio 2
.
Tienen derechos incompatibles con lso del ddt y ddo sobre la cosa litigiosa

3.
independientes tienen interés en el asunto litigioso independientes del ddo y ddt. Debido proceso: aquel que cumple con las normas procesales garantizadas por los tratados internacionales ratificados por Chile y por la constitución de Chile. Principios 1. Legalidad 2
.
Bilateralidad

3.
probatorio 4
.
Doble instancia principios que regulan el procedimiento

1.
dispositivo

2.
oralidad 3
.
Inmediación

4.
concentración 5
.
Preclusión.

Actuaciones judiciales


Deben practicarse en días y horas hábiles, siendo días hábiles los no feriados y horas hábiles entre las 08 y 20 hrs. Plazos:

1.
comunes; cuando corren para todas las partes en un mismo día 2
.
Individuales aquellos que corren en forma separada

3.
pueden ser judiciales . Legales o convencionales 4
.
Improrrogables aquellos que no pueden aumentarse.

Acciones



1.
de condena; persiguen que el ddo sea condenado a una determinada prestación a facvor del actor 2
.
Declarativas; pretende una declaración sobre una situación jurídica que en derecho aparece incierta

3.
constitutivas, mediante las cuales se declara la constitución de un nuevo estado o d°

4.
ejecutivas; exigen el cumplimiento forzado de una prestación 5
.
Precautorias; asseguran lso resultados de un juicio.

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