Modificaciones al capital social: aumentos, reducciones y tratamiento contable
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Resumen
El documento explica cómo se modifica el capital social de una sociedad, distinguiendo entre aumentos (nuevas aportaciones y capitalización de utilidades) y reducciones (retiro de socios, reembolso, extinción o absorción de pérdidas). Incluye reglas sobre emisión de nuevas acciones, dividendos en acciones, sorteo para cancelar acciones y aspectos administrativos como la aplicación de utilidades y la adquisición de acciones propias.
Puntos clave
- Los aumentos de capital se producen por nuevas aportaciones de socios o accionistas y por capitalización de utilidades u otros conceptos.
- Las reducciones de capital pueden deberse al retiro de socios, al reembolso de parte del capital, a la extinción de la sociedad o a la absorción de pérdidas.
- Según el artículo 133, no podrán emitirse nuevas acciones hasta que las precedentes hayan sido íntegramente pagadas.
- Los dividendos en acciones son aumentos del capital por capitalización de utilidades pendientes de aplicar o aplicadas a reservas.
- En una reducción por reembolso, las acciones a cancelar se designan por sorteo ante Notario o Corredor Público.
- Las pérdidas pueden absorberse con el capital solo si no representan las dos terceras partes del capital social y el capital remanente es suficiente para la operación de la entidad.
- En las Sociedades Anónimas está prohibida la adquisición de acciones propias, salvo por adjudicación judicial en pago de créditos de la sociedad.
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Modificaciones al Capital Social
¿Cómo se realizan las modificaciones al capital?
Las modificaciones pueden ser por aumentos o disminuciones.
Aumentos:
- I. Nuevas aportaciones de socios o accionistas.
- II. Capitalización de utilidades y otros conceptos, que incluye la actualización del patrimonio por la pérdida del poder adquisitivo.
Reducciones:
- I. Retiro de los socios o accionistas.
- II. Reembolso de parte del capital.
- III. Extinción de la sociedad.
- IV. Absorción de pérdidas.
Emisión de nuevas acciones
Según el artículo 133, no podrán emitirse nuevas acciones hasta que las precedentes hayan sido íntegramente pagadas.
Tratamiento contable de nuevas aportaciones
En caso de nuevas aportaciones de socios o accionistas, los asientos contables son iguales a los ejemplificados en la parte V (Constitución y apertura de sociedades), sumándose los incrementos a las cifras de apertura.
Dividendos en Acciones y Capitalización
Se denomina "Dividendos en Acciones" a los aumentos al capital social por capitalización de utilidades pendientes de aplicar, o aplicadas a reservas u otros conceptos.
El aumento del capital social por capitalización de superávit se contabiliza mediante la emisión de acciones adicionales o canjeando/cambiando los títulos actuales por otros de mayor valor nominal.
Retiro de socios y reducción de capital
En caso de reducción del capital social mediante reembolso a los accionistas, la designación de las acciones que hayan de cancelarse se hará por sorteo ante Notario o Corredor Público.
Absorción de pérdidas
Las pérdidas se podrán absorber con el capital cuando:
- No representen las dos terceras partes del capital social.
- Al reducirse el capital, este no sea inferior al mínimo exigido por la ley.
- El capital remanente después de la aplicación sea suficiente para la operación de la entidad.
Aspectos administrativos y legales
- Aplicación de utilidades: Se formula mediante un Consejo de Administración.
- Adquisición de acciones propias: En las Sociedades Anónimas está prohibido, salvo por adjudicación judicial en pago de créditos de la sociedad.
- Disolución: En las sociedades existen dos clases de disolución: total y parcial.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se puede aumentar el capital social?
El capital social puede aumentarse mediante nuevas aportaciones de socios o accionistas y mediante la capitalización de utilidades y otros conceptos, incluida la actualización del patrimonio por pérdida del poder adquisitivo.
¿Cuándo se pueden emitir nuevas acciones?
Según el artículo 133, no podrán emitirse nuevas acciones hasta que las precedentes hayan sido íntegramente pagadas.
¿Cómo se absorben las pérdidas con el capital?
Las pérdidas pueden absorberse con el capital cuando no representen las dos terceras partes del capital social, cuando el capital no quede por debajo del mínimo legal y cuando el capital remanente sea suficiente para la operación de la entidad.
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