Constituciones Españolas de 1845 y 1869: Análisis Comparativo y Legado
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La Constitución de 1845: El Moderantismo en el Poder
La Constitución de 1845 recogió las ideas básicas del moderantismo: soberanía conjunta entre el rey y las cortes, ampliación de los poderes del ejecutivo y disminución de la participación del legislativo. Los ayuntamientos y diputaciones quedaron sometidos a la administración central y se suprimió la milicia nacional. Se otorgó exclusividad a la religión católica, declarada oficial del estado, y se acordó el mantenimiento del culto y del clero.
La nueva constitución mantenía gran parte del articulado de la Constitución de 1837, sobre todo en lo referente a la declaración de los derechos, pero su regulación se remitía a leyes posteriores restrictivas con las libertades. Concedía también enormes atribuciones a la corona, que tenía la facultad de nombrar ministros, disolver las cortes y vetar sus decisiones, designar al Senado entre personalidades relevantes y de su confianza. El decreto de 1845 reguló la libertad de imprenta y suprimió el jurado que sancionaba los delitos de opinión, lo que significaba el control gubernamental sobre la prensa. La ley electoral de 1846 planteó un sufragio censitario muy restringido. Sólo tenían derecho a voto los mayores contribuyentes de cada localidad y personalidades destacadas de la cultura, el ejército, la administración y la iglesia. Se aceptó el sistema de distritos uninominales, que favorecía la intromisión del gobierno en las elecciones e invitaba al falseamiento electoral.
La Constitución de 1869: Un Paso Hacia la Democracia
El nuevo gobierno provisional promulgó una serie de decretos para dar satisfacción a algunas demandas populares: libertad de imprenta, derecho de reunión y asociación, sufragio universal, etc., y convocó elecciones a Cortes constituyentes. Los comicios reconocieron el sufragio universal masculino para varones mayores de 25 años. Dieron la victoria a la coalición gubernamental, partidaria de la fórmula monárquica, pero también aparecieron en la cámara dos importantes minorías: carlistas y republicanos.
Las cortes crearon una comisión parlamentaria encargada de redactar una nueva constitución, que fue aprobada el 1 de junio de 1869. La Constitución de 1869, la primera democrática de la historia de España, estableció un amplio régimen de derechos y libertades: derechos de manifestación, reunión y asociación, libertad de enseñanza, y el Estado debía mantener el culto católico. La constitución también proclamaba la soberanía nacional. El estado se declaraba monárquico, pero la potestad de hacer las leyes residía en las cortes: el rey tan sólo promulgaba, no podía vetarlas y sus poderes eran bastante limitados. Las cortes se componían de un congreso y un senado.
La constitución consolidó un régimen político basado en los principios liberales democráticos que inspiraron a los impulsores de la revolución de septiembre de 1868. Sin embargo, frustró algunas aspiraciones de otros grupos políticos. La forma de gobierno monárquica disgustó a los que aspiraban a establecer un régimen republicano. El mantenimiento del culto y clero aprobado por la constitución desagradaba a amplios sectores y la presencia de desigualdades sociales no gustaba a campesinos, jornaleros y trabajadores que no veían mejorar su situación.