Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo: causas y procedimientos
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Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
La dirección de la empresa puede acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Estas deben ser notificadas con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad.
Actuaciones del trabajador ante una modificación sustancial
- Aceptar la decisión empresarial.
- Recurrir la decisión ante el juzgado de lo social para que la declare justificada o injustificada.
- Extinguir voluntariamente el contrato con derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores a 1 año y con un máximo de 9 mensualidades.
*En caso de despido improcedente, la indemnización es de 33 días de salario por año de servicio
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