Seguridad Social para Familiares Colaboradores de Empresarios Individuales: Afiliación y Cotización
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Alta en la Seguridad Social de Familiares Colaboradores del Empresario Individual
Los familiares que colaboran con el empresario individual y que sean asalariados pueden darse de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. La condición de asalariado se puede demostrar mediante un contrato de trabajo y la existencia de pagos mensuales (nóminas).
Afiliación y Alta de los Trabajadores
- Persona obligada: El empresario. En su defecto, pueden solicitar el alta los propios trabajadores o la Inspección de Trabajo.
- Plazo: Con anterioridad al inicio de la relación laboral (hasta 60 días antes).
- Lugar: En la Tesorería Territorial de la Seguridad Social correspondiente.
- Gastos para el empresario: Los pagos mensuales de la cuota patronal a la Seguridad
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