Regímenes Especiales Provinciales y Evolución de la Unión Europea
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Regímenes Especiales Provinciales
La ley denomina regímenes especiales a los siguientes:
- Los órganos forales vascos, que se rigen por el estatuto de autonomía de esta comunidad y por la Ley de Bases de Régimen Local.
- El que corresponde a las comunidades autónomas uniprovinciales, excepto las Islas Baleares.
- Los cabildos insulares canarios son el órgano de gobierno, administración y representación de las islas y asumen las competencias de las diputaciones provinciales. Se rigen por las normas de los municipios de gran población si tienen más de 175.000 habitantes o si superan los 75.000. Se eligen por sufragio directo conforme a lo establecido en la ley electoral.
- Los consejos insulares de Baleares asumen las competencias de las diputaciones
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