Status familiae: organización de la familia romana, parentesco y gens en el Derecho romano
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L. 12 — Status familiae (Derecho romano)
Status familiae
Status familiae. Posición de los ciudadanos con relación a la familia. La familia es el conjunto de personas, incluidos esclavos, que habitan la casa. Es un grupo doméstico cuya cohesión se mantiene por la sumisión a la autoridad del pater. La familia romana fue patriarcal y exclusiva: se pertenecía a la familia del padre y no a la de la madre. La familia romana fue, además, monógama. Existen dos tipos de organización: familia agnaticia y familia cognaticia.
Familia agnaticia
En la familia agnaticia la relación familiar se establece atendiendo al hecho de estar sometidos a la potestad de un mismo jefe de familia. Estaban bajo cargo del paterfamilias los hijos de sangre que no hubieran salido de la sumisión del pater, la esposa y las personas recibidas en adopción.
Familia cognaticia
La familia cognaticia es el criterio que sirve de base para determinar el vínculo familiar mediante el parentesco de sangre. Surge hacia finales de la República y resulta especialmente importante en materia de derecho hereditario; con su desarrollo va apareciendo la potestas.
Sui iuris y alieni juris
Sui iuris son las personas que no están sometidas al poder del paterfamilias, y alieni juris las que dependen de él. A estos últimos pertenecen también los esclavos y las personas in mancipio, es decir, los miembros de la familia propiamente dicha, con exclusión del pater. Los alieni juris carecían de capacidad en el derecho privado, pero a partir del derecho pretorio su capacidad fue aumentando; a la vez disminuye su número, merced a la evolución de la institución familiar. En el derecho público, sin embargo, tienen capacidad plena.
Línea y grado de parentesco
En la familia cognaticia el parentesco puede existir entre personas que descienden unas de otras (línea recta) o que tienen un ascendiente común (línea colateral).
En la línea recta cada generación constituye un grado; en la línea colateral se suman las generaciones que separan a cada pariente del ascendiente común.
La línea recta puede ser ascendente o descendente. En la línea colateral se pueden distinguir:
- Hermanos germanos: cuando comparten padre y madre.
- Hermanos consanguíneos: cuando tienen en común el padre.
- Hermanos uterinos: cuando tienen en común la madre.
Afinidad
Afinidad. Los parientes cognaticios del marido reciben el nombre de afines respecto de la mujer y viceversa. Son afines: el suegro, la suegra, el yerno, la nuera, el padrastro, la madrastra, el hijastro, la hijastra, el cuñado y la cuñada.
El efecto jurídico de la afinidad consiste en constituir un impedimento para el matrimonio. La afinidad se establece por el matrimonio y cesa al disolverse éste.
La gens
La gens. Agrupación social más extensa que la familia; para algunos autores, es un grupo de carácter político anterior al Estado romano; otros opinan que es una expansión natural del grupo familiar. El pertenecer a la gens llevaba aparejados derechos entre gentiles, en materia de sucesión y para ejercer tutela y curatela.
Las primitivas gentes estuvieron integradas por patricios, aunque posteriormente se integraron plebeyos. Las gentes llevaban un nombre común y los matrimonios solían celebrarse entre personas de la misma gens. La gens tenía culto propio y una divinidad tutelar; parece haber existido un jefe en cada una de estas agrupaciones, llamado pater gentis, así como un terreno propio de la gens.