Uso y Protección del Dominio Público: Autorizaciones, Concesiones y Declaraciones

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Utilización y Protección del Dominio Público

Títulos Habilitantes

  • Autorización
  • Concesión
  • Declaración Responsable
  • Precario

El título habilitante puede ser concesión o autorización. Ambos son resoluciones de la Administración que legitiman la ocupación por uso de los bienes de dominio público.

El régimen básico de las autorizaciones y concesiones está regulado en los arts. 92 y ss de la LPAP.

Autorizaciones

El otorgamiento de una autorización tiene lugar a petición de los interesados que reúnan las condiciones requeridas, salvo que por circunstancias se encontrase limitado su número, en cuyo caso el otorgamiento se efectuará en régimen de concurrencia y si no fuere procedente por no tener que valorarse condiciones especiales en los solicitantes, mediante sorteo.

Las autorizaciones son transmisibles cuando para su otorgamiento no se hayan tenido en cuenta circunstancias personales del autorizado o cuando su número fuera ilimitado. En cuanto a su régimen económico, las autorizaciones podrán ser gratuitas, otorgarse con contraprestación o con condiciones, o estar sujetas a una tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial.

Concesiones

Las concesiones sobre bienes de dominio público serán otorgadas en régimen de concurrencia, aunque cuando se den circunstancias excepcionales debidamente justificadas se podrán otorgar directamente y siempre que se den los supuestos previstos en el art. 137.4 de la LPAP. Estas se formalizarán en documento administrativo que será título suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad. Las concesiones se otorgarán por un tiempo determinado, siendo su plazo máximo incluidas las prórrogas de 75 años, salvo que se establezca otro menor en las leyes especiales que sean de aplicación. Las concesiones de uso privativo o aprovechamiento especial del dominio público podrán ser gratuitas, otorgarse con contraprestación o condición o estar sujetas a tasa.

Declaraciones Responsables

Con relación a las declaraciones responsables, se tratan de documentos suscritos por un interesado en el que este manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, para acceder al reconocimiento de un derecho, o al ejercicio de una facultad, que dispone de la documentación que así lo acredita, y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo de ejercicio de esa facultad.

Precario

Se utiliza para hacer referencia a situaciones de hecho toleradas o consentidas por la Administración, y nos referimos a situaciones en las que un sujeto ocupa un bien de dominio público “sin título expreso” que le habilite para ello.