El Empresario y la Contratación Laboral
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El Empresario
Según el Art. 1.2 ET, el empresario es quien recibe las prestaciones de servicios, ya sea persona jurídica, física o un ente sin personalidad. La configuración interna de la empresa es secundaria; lo importante es el centro de trabajo. El Art. 1.5 ET define el centro de trabajo como la unidad productiva de la empresa que, con una programación de trabajo específica, está dada de alta en los registros oficiales de la autoridad laboral.
El Grupo de Empresas
El grupo de empresas no tiene la condición de empresario; cada empresa la ostenta individualmente. Sin embargo, en ciertas ocasiones, el grupo puede asumir las obligaciones y facultades propias del empresario, actuando como tal en determinadas circunstancias.