Régimen de Sanciones y Rescisión en Contratos de Obra Civil
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Sanciones Contractuales
El Comitente podrá imponer multas en dinero por incumplimientos ocurridos en la ejecución de los trabajos o por no respetar las disposiciones contractuales. Estas multas serán cuantificadas como un porcentaje del monto del contrato o en un monto estimado en el caso de contratos por unidad de medida.
Aplicación de Multas
- Por mora en el cumplimiento del plazo de obra: 0,5% por cada día de atraso.
- Por incumplimiento de plazos parciales de obra o servicio: 0,1% (uno por mil) por cada vez.
- Por incumplimiento de plazos parciales (generales): 0,25% por cada día de atraso.
Límite y Ejecución de Multas
- En ningún caso el monto total de las multas podrá superar el 10% del monto del contrato. En caso de que así suceda, el Comitente