Responsabilidad Empresarial y Recargo de Prestaciones: Implicaciones en la Seguridad Social
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Adelanto de Cuantías por la Seguridad Social en Caso de Falta de Alta
Si el trabajador no se encuentra en alta en la Seguridad Social, solo se adelantará la cuantía en los siguientes casos:
- Accidente de trabajo.
- Enfermedad profesional.
- Riesgo durante el embarazo o lactancia natural.
- Prestación por desempleo.
En cualquier otra situación, la Seguridad Social o la Mutua no adelantará ninguna cuantía.
Límite del Adelanto
En caso de que exista adelanto, este nunca podrá exceder de la cantidad equivalente a dos veces y media el importe del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en el momento en que nace el derecho a la prestación.
Por último, aunque exista un adelanto por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social... Continuar leyendo "Responsabilidad Empresarial y Recargo de Prestaciones: Implicaciones en la Seguridad Social" »