Relación Laboral: Derechos, Obligaciones y Modalidades Contractuales
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Jornada de Trabajo
Jornada de trabajo: Tiempo en el que el trabajador dispone su fuerza de trabajo a su empleador. Por este motivo se le debe remunerar:
- 48hs por semana, 8hs por día (diurna)
- 42hs por semana, 7hs por día (nocturna)
Jornada diurna:
- 8 horas diarias o 48 semanales.
- Se pueden extender a 9 horas.
Jornada nocturna:
- 7 horas diarias o 42 semanales.
- Comienza a las 21hs y otorga mayores beneficios por su circunstancia.
Jornada insalubre:
- 6 horas diarias o 36 semanales.
- No hay horas extras.
- Cada hora nocturna equivale a 8 minutos adicionales de descanso.
- Opción más común: se reduce la jornada 8 minutos por cada hora nocturna trabajada.
Consideraciones adicionales:
- Cuando se trabaja día completo, se debe otorgar un tiempo para descanso y almuerzo.