Sociedad Limitada Nueva Empresa: características y regulación
Sociedad Limitada Nueva Empresa: Es un subtipo de S.L. que se regula por los artículos 434-454 LSC. Con respecto a la sociedad limitada tiene varias diferencias:
Denominación
En el momento de la constitución de la sociedad tiene que estar formada por los apellidos y el nombre de uno de los socios seguido de un código alfanumérico que otorga la Delegación de Hacienda del domicilio social seguido de la implicación Sociedad Limitada Nueva Empresa o su abreviatura SLNE. La sociedad puede, a los 3 meses siguientes, modificar la denominación social pudiendo elegir: Denominación objetiva, Denom. Subjetiva o Denom. de Fantasía. La modificación en el R. Mercantil de la nueva denominación no tendrá ningún coste para la sociedad. De todas