Derecho procesal
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El profesor Fernando Alessandri define a la jurisdicción como la facultad de administrar justicia.
La jurisdicción es una atribución exclusivamente estatal, es decir, le corresponde al estado la administración de Justicia y esta atribución no la puede delegar.
La función inmediata y próxima de la jurisdicción es administrar justicia y la finalidad ultima o remota de administración de justicia es el bien común.
Estado -> Jurisdicción -> Ad. Juzgar à Sentencia.
La competencia se encuentra íntimamente relacionada con la jurisdicción pero dichos conceptos no son sinónimos, porque la jurisdicción es la facultad... Continuar leyendo "Derecho procesal" »