La relación orgánica. Los órganos administrativos. Las relaciones interorganicas
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Lección 1- Principio de la organización administrativa:
**La Protestad organizatoria:
Históricamente esta potestad viene confundida con la facultad de designación de funcionarios y de autoridades y se consideraba como una de las facultades de la corona. Con el constitucionalismo, la potestad organizadora queda escindida en varios niveles, siendo facultad de la administración configurar dentro de los límites de las leyes constitucionales y ordinarias su propia estructura.
La constitución reserva al poder legislativo la creación modificación y extinción de los entes públicos territoriales (como las CC.AA y las provincias) y a la administración en cuanto a idénticas operaciones respecto de los órganos que integran aquellas.
La reserva... Continuar leyendo "La relación orgánica. Los órganos administrativos. Las relaciones interorganicas" »