Fiscalidad de la Vivienda Habitual: Exenciones y Nuda Propiedad para Mayores
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Exención de la Ganancia Patrimonial por Transmisión de la Vivienda Habitual
La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) dispone en su artículo 33.4.b) que estarán exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de su vivienda habitual por mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia, de conformidad con la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
Requisitos para la Aplicación del Beneficio Fiscal
La Ley exige para aplicar este beneficio fiscal los siguientes requisitos:
- Que se produzca la transmisión de la vivienda habitual, lo que exige que dicha vivienda cumpla
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