Responsabilidad Civil en España: Tipos, Fundamentos Legales y Carga de la Prueba

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Introducción a la Responsabilidad Civil

¿Qué es la Responsabilidad Civil?

La Responsabilidad Civil es el derecho a poder solicitar una indemnización cuando se ha causado un daño y no se tiene la obligación de soportarlo. La persona perjudicada es quien tiene derecho a pedir responsabilidades civiles, y quien ha causado el daño es el responsable civil, quien debe pagar la indemnización.

Tipos de Responsabilidad Civil

Responsabilidad Civil Contractual

La responsabilidad Contractual es aquella que deriva de un contrato, es decir, que entre la persona que causa el daño y el perjudicado existe una relación contractual previa.

Responsabilidad Civil Extracontractual

La responsabilidad Extracontractual es aquella que se genera cuando entre el perjudicado y el causante de los daños no existe ninguna relación contractual. Esta responsabilidad extracontractual está regulada en el Código Civil.

Fundamento Legal: Artículo 1902 del Código Civil

El Art. 1902 y siguientes del Código Civil establece que: "Aquel que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado."

Una persona no tiene la obligación de soportar los daños causados por otra persona si estos son imputables a culpa o negligencia.

Distinción: Responsabilidad Civil vs. Penal

Dentro del ámbito de la responsabilidad, es importante diferenciar su origen:

  • Responsabilidad Civil: Tiene su origen en un acto ilícito que no sea considerado un delito o falta. Según el artículo 1093 del Código Civil, se aplicarán las normas de responsabilidad civil (artículo 1902 y siguientes del Código Civil).
  • Responsabilidad Penal: Tiene su origen en un delito o falta. Según el artículo 1092 del Código Civil, se aplicarán las normas de responsabilidad del artículo 109 y siguientes del Código Penal.

Sistemas de Imputación de la Responsabilidad Extracontractual

La responsabilidad civil extracontractual puede imputarse bajo dos sistemas principales:

Responsabilidad Subjetiva (por culpa)

Quien causa el daño lo hace con negligencia o culpa, lo que implica que el daño es imputable a su conducta.

Responsabilidad Objetiva

Se produce sin necesidad de demostrar culpa. El daño ha sido causado por una determinada persona y esta debe responder con independencia de si ha actuado o no con diligencia. Se da en muy pocos casos y, generalmente, en aquellos en los que la persona que debe responder de forma objetiva obtiene un lucro muy importante con una actividad de riesgo.

Tanto en la responsabilidad subjetiva como en la responsabilidad objetiva, debe poder demostrarse que ha habido un daño y quién es el causante del mismo.

La Carga de la Prueba en la Responsabilidad Civil

El Artículo 1902 y la "Prueba Diabólica"

Según el Art. 1902, hay que demostrar la culpa o negligencia. Sin embargo, a veces es muy difícil acreditarlo porque el perjudicado no tiene los mecanismos de prueba necesarios para la acreditación. Esta dificultad probatoria fue considerada como una "prueba diabólica" por la jurisprudencia.

La Inversión de la Carga de la Prueba

Debido a la dificultad de la "prueba diabólica", la jurisprudencia estableció una inversión de la carga de la prueba. Esto significa que la culpa se presume, y quien ha causado el daño debe demostrar que ha actuado con la debida diligencia para eximirse de responsabilidad.

Responsabilidad por Hecho Ajeno (Artículo 1903 del Código Civil)

El Art. 1903 hace referencia a la responsabilidad extracontractual por hecho ajeno, que ocurre cuando una persona responde por los daños que ha causado otra.

Responsabilidad de los Empresarios

Los empresarios responderán por los actos de sus dependientes en el ejercicio de sus funciones. Si el empresario demuestra que ha actuado con la debida diligencia, podrá eximirse de su responsabilidad.

Conceptos Clave: In Eligendo e In Vigilando

  • In eligendo: Se refiere a la falta de diligencia al elegir al trabajador adecuado.
  • In vigilando: Se refiere a la falta de diligencia al no tomar medidas para evitar el daño que ha causado el trabajador.