Verdadero o falso: tipos de interés efectivos (coste, rendimiento y operación pura)

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Resumen

Recopilación de afirmaciones de verdadero o falso sobre cómo las características comerciales (gastos e ingresos, unilaterales y bilaterales) modifican el tanto efectivo de coste (ip), el de rendimiento (ia) y el de la operación pura (ie). Cada respuesta razona qué relación de magnitudes se cumple en cada caso.

Puntos clave

  • Las características comerciales bilaterales hacen que ip = ia, independientemente de a quién vayan a cargo.
  • Una característica unilateral a cargo del prestatario que sea un gasto eleva ip, mientras que ia = ie.
  • Una característica unilateral a cargo del prestamista que sea un gasto disminuye ia, por lo que ia ≤ ip = ie.
  • Con gastos bilaterales y unilaterales a cargo del prestatario se cumple ip > ia > ie.
  • Si solo existen características bilaterales, ip = ia pero ambos son distintos de ie.

Ponte a prueba

Verdadero o Falso

Para toda operación financiera con características comerciales, el tanto efectivo de coste, ip, es mayor efectivo de rendimiento, ia. V/F.

Falso. Depende de qué tipo sean las características comerciales, el tanto efectivo de coste (ip) puede ser mayor, menor o igual al efectivo de rendimiento (ia). Un ejemplo donde no se cumple la afirmación sería que ip sea mayor a ia si existiera una característica comercial unilateral a cargo del prestatario que fuera un ingreso o una unilateral a cargo del prestamista que fuera un gasto.


En una operación financiera con una única característica comercial unilateral que supone un gasto a cargo del prestamista, el tanto efectivo de la operación pura es igual al tanto efectivo de coste y éste es inferior al tanto efectivo de rendimiento. V/F

Falso. Si existiera una única característica comercial unilateral que supusiera un gasto a cargo del prestamista, disminuiría su tanto de rendimiento (ia) y, por tanto, sería inferior al tanto de coste (ip) del prestatario (y no al revés), aunque se cumpla que, al ser una característica unilateral, ip = ie. ia≤ip=ie


En una operación financiera con una sola característica comercial unilateral a cargo del prestatario, entonces el tanto efectivo de coste siempre coincidirá con el tanto efectivo de la operación pura. V/F

Falso. Si existen características comerciales a cargo del prestatario, su tanto efectivo de coste nunca puede coincidir con el tanto efectivo de la operación pura (ie) pues este es el tanto calculado sin tener en cuenta las características comerciales. El caso que se propone sería: ip diferente ia = ie. Como pone cargo no sabemos si es ingreso o gasto, si fuera gasto ip>ia=ie y si fuera ingreso ip≤ia=ie.


Considera una operación financiera con características comerciales iniciales bilaterales a cargo del prestatario. Entonces, el tipo de interés efectivo de coste es mayor que el rendimiento, y el último es igual al tipo de interés efectivo interno (el calculado sin considerar condiciones adicionales). V/F.

Falso. Si las características son bilaterales, siempre se cumple que ip=ia puesto que afectan tanto a prestatario como a prestamista, independientemente de a quien vayan a cargo. Se cumple que ip= ia diferente ie


Si en una operación financiera existen sólo los gastos unilaterales y bilaterales todos ellos a cargo del prestatario, entonces el tanto efectivo de coste será mayor que el tanto efectivo de rendimiento y éste a su vez mayor que el tanto efectivo de la operación (ip>ia>ie). V/F

Verdadero. Los gastos bilaterales ocasionarían que ip=ia independientemente de a quien vayan a cargo, pero los gastos unilaterales a cargo del prestatario hacen que ip = ia y al existir ambas características hacen que ambos tantos sean superiores al tanto efectivo de la operación pura ie. ip > ia > ie


Si en una operación financiera sólo existen dos características comerciales: un gasto bilateral inicial y un gasto unilateral inicial, ambos dos a cargo del prestatario., entonces, el tanto efectivo de coste para él es superior al tanto efectivo de rendimiento para el prestamista y los dos tantos son superiores al tanto efectivo de la operación pura. V/F

Verdadero. Ídem a la anterior. Los gastos bilaterales ocasionarían que ip=ia independientemente de a quien vayan a cargo, pero los gastos unilaterales a cargo del prestatario hacen que ip>ia y al existir ambas características hacen que ambos tantos sean superiores al tanto efectivo de la operación pura ie. ip>ia >ie


Considera una operación financiera con características comerciales iniciales bilaterales a cargo del prestatario. Entonces, el tipo de interés efectivo de coste será mayor que el de rendimiento, y ambos son mayores que el tipo de interés efectivo V/F.

Falso. Los gastos bilaterales ocasionarían que ip=ia independientemente de a quien vayan a cargo.


Ponga un ejemplo de características comerciales (gastos y/o ingresos, unilaterales y/o bilaterales) y diga a cargo o a favor de quién van (prestamista o prestatario) para que, en una operación financiera, el tanto efectivo de rendimiento sea igual al tanto efectivo de la operación pura y ambos sean menores que el tanto efectivo de coste: ia=ie

El ejemplo sería la existencia de una única característica unilateral a cargo del prestatario, que además fuera un gasto, por ejemplo, gastos de notaría.


En una operación financiera con una única característica comercial unilateral (gasto) a cargo del prestatario, el tanto efectivo de rendimiento es siempre mayor que el tanto efectivo de la operación pura. V/F

Falso. Si sólo existe una única característica comercial unilateral (gasto) a cargo del prestatario, eleva su tanto de coste (ip), pero como es unilateral no afecta al tanto de rendimiento (ia) que será igual al tanto efectivo de la operación pura. ip>ia=ie


En toda operación financiera con características comerciales unilaterales, el tanto efectivo de coste siempre será menor que el tanto efectivo de rendimiento. V/F.

Falso. Depende de cómo sean las características comerciales unilaterales, a cargo de quién sean y si son un ingreso o un gasto. Al existir una característica unilateral ip será distinto siempre a ia. Una característica unilateral que sea un gasto para el prestatario no cumple la afirmación anterior.


Dada una operación financiera con una única característica unilateral a cargo del prestatario, el tanto efectivo de coste será superior al de rendimiento y este último igual al de la operación pura. V/F

Falso. Depende. Sería verdadera en el caso de que característica unilateral a cargo del prestatario fuera un gasto, si fuera un ingreso sería falsa y como no lo especifica no podemos afirmarlo.


Si en una operación financiera existen sólo características comerciales bilaterales, entonces el tanto efectivo de rendimiento siempre coincidirá con el tanto efectivo de coste y con el tanto efectivo de la operación pura. V/F

Falso. Si sólo existen características bilaterales, el tanto de coste y de rendimiento coinciden siempre (hasta aquí la afirmación es verdadera), pero siempre el tanto efectivo (ie) será distinto a los dos.


Si en una operación financiera existen sólo gastos unilaterales a cargo del prestamista, entonces el tanto efectivo de rendimiento siempre será mayor que el tanto efectivo de coste. V/F

Falso. Si sólo existen características bilaterales, el tanto de coste y de rendimiento coinciden siempre (hasta aquí la afirmación es verdadera), pero siempre el tanto efectivo (ie) será distinto a los dos.


Si en una operación financiera existen sólo gastos unilaterales a cargo del prestamista, entonces el tanto efectivo de rendimiento siempre será mayor que el tanto efectivo de coste. V/F

Falso. Si los gastos unilaterales son a cargo del prestamista, disminuyen su tanto de rendimiento (ia), por tanto: ia


Considera una operación financiera con cargas bancarias bilaterales pagadas por el prestatario. Entonces, el tipo de interés efectivo de coste es mayor que el de rendimiento y el último es igual al tipo efectivo. V/F

Falso. Si son características comerciales bilaterales siempre ambos tipos coinciden, luego ip=ia. Teniendo en cuenta el tanto efectivo (ie), este sería inferior a ambos tipos. ip=ia>ie.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo el tanto efectivo de coste es igual al de rendimiento?

Cuando las características comerciales son bilaterales, ya que afectan por igual al prestatario y al prestamista. En ese caso ip = ia, aunque ambos suelen diferir del tanto efectivo de la operación pura ie.

¿Qué ocurre con un gasto unilateral a cargo del prestatario?

Eleva el tanto efectivo de coste ip, pero como es unilateral no afecta al tanto de rendimiento ia, que queda igual al tanto efectivo de la operación pura ie. Por tanto ip > ia = ie.

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Test

1. Si existe un gasto bilateral, ¿cómo se relacionan ip e ia?
2. Con una única característica unilateral (gasto) a cargo del prestatario, ¿qué tanto coincide con el de la operación pura?
3. Si un gasto unilateral está a cargo del prestamista, ¿qué ocurre con su tanto de rendimiento?
4. En una operación con gastos bilaterales e unilaterales a cargo del prestatario, ¿cuál es el orden correcto?
5. Si solo existen características bilaterales, ¿qué relación se cumple entre ie e ip?

Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.