La Pepa y el Fin del Antiguo Régimen: Transformación Política del Siglo XIX
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Las Cortes de Cádiz: El Camino hacia la Modernidad
En septiembre de 1808 se creó la Junta Central, depositaria del poder en ausencia del rey, y convocó una reunión de las Cortes. El lugar de reunión iba a ser la ciudad de Cádiz, libre del dominio francés. La primera sesión tuvo lugar el 24 de septiembre de 1810, en la que se aprobó el primer decreto, que significó una ruptura con el Antiguo Régimen y la monarquía absoluta, al afirmar la soberanía nacional, defender la separación de poderes y no reconocer las abdicaciones de Bayona.
Pronto se formó un grupo de diputados liberales y otro absolutista. Numerosos decretos y leyes fueron elaborados por los diputados en una operación de reforma social y política sin precedentes:
- Se abolieron los derechos feudales, la Inquisición, la Mesta, los mayorazgos y la tortura.
- Se proclamó la libertad de prensa y la libertad de trabajo.
- Se suprimieron las pruebas de limpieza de sangre.
La Constitución de 1812: El Primer Texto Constitucional Español
Sin duda, la gran obra de las Cortes fue la elaboración de la Constitución de 1812, que establecía por primera vez en España una monarquía constitucional. El texto definitivo fue aprobado el 19 de marzo de 1812 y fue la bandera que enarbolaron los liberales durante las tres primeras décadas del siglo en gran parte de Europa. Este texto inicia la historia del constitucionalismo español, que llega hasta la vigente Constitución de 1978.
Estructura y Principios Fundamentales
La Constitución de 1812 consta de 384 artículos, de los que un tercio se dedicaba a regular el poder legislativo. Sus pilares principales fueron:
- Confesionalidad del Estado: Por influencia de los diputados eclesiásticos, a pesar de su carácter liberal y revolucionario para la época, afirmaba que la religión oficial era la católica, prohibiendo el ejercicio de cualquier otra.
- Soberanía y Derechos: Proclama la soberanía nacional, la división de poderes y los derechos políticos fundamentales, como la libertad de expresión, de prensa o de industria, extensible a los españoles de la península y de América.
- Limitación del Poder Real: Se señalaba que la monarquía era hereditaria, pero no absoluta; el monarca estaba obligado a jurar y acatar la Constitución, la cual limita sus poderes.
- Organización Territorial: Creaba además la división provincial y las Diputaciones provinciales, que se pondrían en práctica durante el Trienio Liberal.