Normas de conducta: tipos, características y estructura jurídica

DerechoActualizado el 6,87 KB

Resumen

El documento explica qué son las normas de conducta y cuáles son sus tipos: jurídicas, morales, religiosas y sociales, junto con sus características. También describe la estructura de la norma jurídica (supuesto de hecho y consecuencia jurídica), clasifica las sanciones y expone el concepto y la finalidad del Derecho, centrada en la seguridad y la certeza en la convivencia social.

Puntos clave

  • Las normas de conducta son reglas que limitan el actuar de las personas en sociedad y cuyo incumplimiento puede ser sancionado.
  • Existen cuatro tipos de normas: jurídicas, morales, religiosas y sociales.
  • Las normas jurídicas son bilaterales, coercibles y exteriores; las morales y religiosas son unilaterales, incoercibles e interiores; las sociales son unilaterales, incoercibles y exteriores.
  • La norma jurídica se compone de un supuesto de hecho y una consecuencia jurídica, unidos por el deber ser.
  • Las sanciones pueden ser penales, civiles, premiales o sociales.
  • La finalidad primaria del Derecho es asegurar la convivencia social pacífica y el orden, y una segunda finalidad es dar certeza a las relaciones entre los miembros de la sociedad.

Ponte a prueba

Normas de Conducta: Concepto y Definición

Las normas de conducta son reglas de comportamiento que los seres humanos establecen para limitar su actuar en sociedad. Cada individuo es un ser único con fines propios que solo podrá satisfacer interactuando con otros, para lo cual deberá ser parte de una organización social.

Las normas son reglas de conducta dirigidas a los individuos, quienes son libres de cumplirlas o no. En caso de incumplimiento, son objeto de una sanción. Se refieren a seres libres capaces de optar entre la obediencia o violación de las normas.

Por medio de las normas se regulan las actividades del individuo en sociedad y se logra vivir pacíficamente.

Tipos de Normas y Características de Cada Una

Tipos de Normas:

  • Normas jurídicas
  • Normas morales
  • Normas religiosas
  • Normas sociales

Normas Jurídicas:

Son reglas que rigen la conducta de los individuos, estableciendo derechos y deberes de cada uno, haciendo posible la convivencia pacífica. Estas normas organizan y regulan al Estado y al Gobierno.

Normas Morales:

Son reglas de conducta que buscan el perfeccionamiento del individuo, buscan el bien y lo diferencian del mal. Establecen lo que una sociedad considera justo o injusto, correcto o incorrecto. Son principios básicos que regulan la conducta del hombre pero difieren según las épocas y lugares, algunos han adquirido un carácter casi universal. Por ejemplo, honradez, justicia, sentido del deber, ayudar al necesitado.

Normas Religiosas:

Son un conjunto de creencias y dogmas relacionados con la divinidad, a sentimientos de veneración, y tienen como finalidad que los individuos sean piadosos y devotos.

Establecen una relación entre los hombres y un ser superior llamado Dios.

Normas Sociales:

Son reglas de conductas que dependen de las ideas y creencias predominantes en ciertos círculos o clases sociales.

Se basan en la costumbre, en la repetición frecuente de un determinado comportamiento, pero el simple hecho de la repetición no los genera sino que debe existir en la conciencia de los individuos. Estas normas regulan la cortesía, el decoro, el honor y las buenas costumbres.

Características de las Normas:

Todas las normas son: generales, imperativas y obligatorias.

Las normas jurídicas son: bilaterales, coercibles y exteriores.

Las normas morales son: unilaterales, incoercibles e interiores.

Las normas religiosas son: unilaterales, incoercibles e interiores.

Las normas sociales son: unilaterales, incoercibles y exteriores.

Estructura de la Norma Jurídica

La estructura de la norma jurídica cuenta con dos partes fundamentales:

  • El supuesto de hecho
  • La consecuencia jurídica

Se entiende por supuesto de hecho como la hipótesis de conducta que si se produce provocará la consecuencia y esta consecuencia jurídica que tiene por causal la subsunción de una conducta humana en el supuesto de hecho normativo.

Se puede agregar a estas dos partes fundamentales el Deber Ser, que es el enlace lógico entre el supuesto de hecho y la consecuencia jurídica.

Con lo antes expuesto, se puede formular la estructura lógica de una norma jurídica, que sería de la siguiente manera:

  • Si es A debe ser B
  • Si es no B debe ser C

Sanción: Clasificación de las Sanciones

La sanción es la aplicación de una pena o castigo sobre uno o varios sujetos por el incumplimiento de una norma o ley, y que puede ser emitida desde cualquier autoridad que vele por su cumplimiento.

Tipos de Sanciones:

  • Sanciones penales: Son la expresión más elevada del castigo que puede infringirse a un individuo, y su gravedad está condicionada en relación a la gravedad del delito o la infracción cometida. Las sanciones penales son, literalmente, castigos con pena. Ésta tiene el objetivo de privar de un bien jurídico al actor del delito.
  • Sanciones civiles: Son aquellas sanciones aplicadas no ya para destituir de un bien jurídico al acusado, sino para regular o reparar el daño cometido por él. Este tipo de sanción está reglamentada por el código civil, que se rige por otras normas y leyes, aunque hay excepciones en las cuales podría llegar a aplicarse una pena como en el caso de las sanciones penales.
  • Sanciones premiales: Hay sanciones que incluyen un beneficio para el acusado de algún delito. Es decir, las sanciones premiales son aquellas sanciones que no dejan de aplicarse sobre un sujeto que ha infringido una ley, pero su pena o castigo puede ser más liviano o como se lo denomina: premiado por colaboración con las autoridades en la resolución de un caso que lo involucre.
  • Sanciones sociales: La sociedad también puede actuar como regulador de las acciones que las personas están habilitadas a realizar. Aquellas actitudes o acciones que no se correspondan con una actitud que cualquiera realizaría (sea seguir una moda, utilizar distintivos o estandartes con mensajes violentos o bélicos, o aquellos que no se correspondan con una moral compartida) son penados de manera social, con una exclusión tácita o discriminación.

Concepto y Finalidad del Derecho

El Derecho es un sistema de normas, actos y principios, dictados o reconocidos como jurídicos por el Estado luego de ciertas formalidades, que procura regular las conductas de los seres humanos de manera justa y pacífica. El Derecho es el sistema de normas de conductas (obligatorias, aunque este elemento va implícito en el concepto de norma y su enunciación sería redundante) bilaterales y eventualmente coactivas, dictadas por el hombre, para regular la convivencia social.

La finalidad primaria del Derecho es hacer posible la convivencia social pacífica, asegurar la paz y el orden dentro de una sociedad, lo que se llama seguridad. En su sentido más general, la seguridad es la garantía dada al individuo que su persona, sus bienes y sus derechos no serán objeto de ataques violentos, o que si éstos llegan a producirse, le serán asegurados por la sociedad, protección y reparación. Por lo tanto, la seguridad consiste en la situación en la cual las relaciones entre los miembros de esa sociedad se mantienen habitualmente sin violencia y cada individuo está protegido contra la agresión o el atentado a su seguridad que puedan cometer los propios gobernantes. Una segunda finalidad del Derecho es introducir cierto grado de certeza en las relaciones entre los miembros de la sociedad, y de este modo hacer posibles los intercambios económicos entre ellos. Los hombres tienen necesidad de prever las consecuencias de sus actos y saber lo que pueden o no hacer y, sobre todo, poder contar con la conducta, con la acción futura de los demás.

Descargar

PDF Word HTML

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los tipos de normas de conducta?

Los cuatro tipos son las normas jurídicas, morales, religiosas y sociales. Cada una regula la conducta humana de forma distinta según su origen y finalidad.

¿Qué diferencia hay entre una norma jurídica y una norma moral?

Las normas jurídicas son bilaterales, coercibles y exteriores, y organizan al Estado y los derechos y deberes de las personas. Las normas morales son unilaterales, incoercibles e interiores, y buscan distinguir el bien del mal.

¿Cuál es la estructura de la norma jurídica?

Se compone de un supuesto de hecho, que es la hipótesis de conducta, y de una consecuencia jurídica, que se produce cuando ocurre ese supuesto. El deber ser une ambas partes.

¿Cuáles son los tipos de sanciones?

Se distinguen las sanciones penales, civiles, premiales y sociales. Las penales privan de un bien jurídico, las civiles reparan el daño y las premiales pueden reducir la pena por colaboración.

Ponte a prueba

Tarjetas de repaso

Pulsa una tarjeta para ver la respuesta.

Test

1. ¿Cuál de los siguientes es un tipo de norma de conducta según el texto?
2. ¿Qué características tienen las normas jurídicas?
3. ¿Qué es el supuesto de hecho en la norma jurídica?
4. ¿Qué tipo de sanción busca reparar el daño causado?
5. ¿Cuál es la finalidad primaria del Derecho según el texto?
6. ¿Qué se entiende por seguridad en el sentido del texto?

Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.