Fundamentos de la Sociedad Civil y el Iusnaturalismo: Perspectiva Filosófica

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La Sociedad Civil: Causas y Fundamentos

Conocer una realidad implica considerar sus causas. En el caso de la sociedad civil, estas se estructuran de la siguiente manera:

1. Origen natural de la sociedad civil

Su origen reside en la inclinación natural del ser humano a vivir en sociedad. Santo Tomás de Aquino expone tres razones fundamentales para esta tesis:

  • El hombre no se basta a sí mismo para atender a las necesidades de la vida.
  • El individuo requiere la ayuda de los demás para conocer y procurar lo necesario para su subsistencia.
  • La naturaleza comunicativa del ser humano, expresada a través del lenguaje.

Por tanto, el origen de la sociedad civil es intrínsecamente natural.

2. El bien común como fin

El fin de la sociedad civil es el bien común, entendido como un elemento inmanente que hace posible la vida virtuosa de los ciudadanos, garantizando el orden, la paz y la amistad.

3. Constitutivos esenciales

Para comprender la estructura de la sociedad civil, debemos distinguir entre su materia y su forma:

  • Materia: Está compuesta por los individuos, quienes se integran a través de sociedades intermedias como la familia, la ciudad y la región. La unidad del Estado debe permitir y respetar las diferencias entre los individuos.
  • Forma: Es aquello que ordena la sociedad, es decir, la autoridad. Siguiendo a Aristóteles, Aquino clasifica las formas de gobierno en seis tipos:

Formas de gobierno

  • Formas correctas: Monarquía, aristocracia y democracia.
  • Formas desviadas: Tiranía, oligarquía y demagogia.

Aquino considera que la monarquía es la mejor forma de gobierno, aunque también defiende un gobierno mixto, que combina las tres formas correctas.


El Concepto de Iusnaturalismo

El iusnaturalismo se divide tradicionalmente en dos grandes periodos: el iusnaturalismo clásico y medieval, y el iusnaturalismo moderno.

La idea de derecho natural experimentó una revitalización, desarrollo y difusión significativa durante el siglo XVIII bajo la denominada “Escuela del Derecho Natural”, con autores destacados como Hobbes, Locke, Leibniz y Kant.

Definición y fundamento

El iusnaturalismo sostiene que el ordenamiento jurídico nace de la naturaleza humana y representa un intento por hallar el fundamento último de la ley. Se consideran iusnaturalistas aquellos sistemas de pensamiento que sostienen las siguientes dos afirmaciones:

  1. Existe un derecho natural que trasciende al derecho positivo.
  2. El derecho natural posee una superioridad jerárquica sobre el derecho positivo.