Comentario de texto decretos de nueva planta
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2. Las unidades integrantes de la corona española. El centralismo borbónico
El AR en la Península Ibérica se integraba en grandes unidades territoriales e instituciones fijadas, la mayor parte de ellas, por lo menos tres siglos antes de la redacción en el año 1812 de nuestra primera Constitución escrita. El carácter patrimonial de los diferentes territorios agrupados bajo el poder nominal de los sucesores de los Reyes Católicos, permitíó la fragmentación legal del territorio peninsular en unidades muy diferentes entre sí de manera que la historia de nuestro Antiguo Régimen muestra una pugna constante entre las fuerzas centrípetas, partidarias de la unidad de los reinos y las centrífugas, defensoras de las peculiaridades políticas y administrativas de cada territorio. La primera tendencia está representada por la unidad política y demográfica más poderosa de la Península Ibérica: la corona de Castilla, considerada el corazón de la Monarquía Católica al soportar el mayor peso fiscal y bélico. A su lado, se encontraban el resto de las unidades territoriales: las provincias vascas, Navarra y la Corona de Aragón (estados de Cataluña, Aragón y Valencia). Así mismo, también el territorio portugués formó parte del Imperio de los Habsburgo y fue incorporado a la Corona entre 1580-1640. Toda la historia moderna e incluso la contemporánea es testigo de esta constante pugna (de hecho, la defensa de los fueros vascos y navarros; de las Cortes; de instituciones como el Justicia Mayor de la Corona de Aragón; la lucha por la emancipación gallega), fueron más allá de la estructura política del AR y explican la reacción carlista del Siglo XIX y en la contemporaneidad, los problemas en torno a la organización autonómica de nuestra
reciente democracia española.
Las etapas de esta constante dialéctica fueron muy diferentes entre los siglos XV-XVIII. Desde la uníón creada por los Reyes Católicos, observamos las primeras fisuras coincidiendo con el reinado de los Austrias Mayores, concretamente de Felipe II (enfrentamiento con las instituciones aragonesas) que se agravaron con el revival de antiguas oposiciones cuando en el reinado de los Austrias Menores, concretamente de Felipe IV, el Conde Duque de Olivares pretendíó una cierta unidad administrativa y fiscal de los territorios peninsulares con su política fracasada de la “Uníón de Armas” que acarreó la independencia de Portugal y casi la de Cataluña. Finalmente, aprendida la lección, en el gobierno de Carlos II se pretendíó un nuevo neoforalismo que adormecíó temporalmente los deseos secesionistas de las revueltas extracastellanas aunque por poco tiempo por la llegada a España de la dinastía borbónica, firme partidaria de una monarquía francesa, ilustrada, centralista y unificadora. Monarquía que se pretenderá absoluta sobre unos territorios que tuvieron una larga tradición de relación pactista y contractual con sus monarcas anteriores (en la Corona de Aragón y en los territorios forales el poder monárquico de los Austrias siempre estuvo limitado por sus propias leyes e instituciones; en la Corona de Castilla, piedra angular de la hegemonía regia, siempre estuvo claro que el monarca estaba sometido a las leyes y a las necesidades del Reino). Esta larga tradición se reflejó en el derecho castellano defensor del carácter contractual de la monarquía, que se debía ante todo al buen gobierno y a la procura de la felicidad de sus súbditos y defendida por escritos clásicos de la modernidad defensores de la limitación de los poderes reales (Fco de Victoria, Padre Suárez, Fdo Vázquez de Menchaca).
PREGUNTAS
Reyes Católicos: -Unión personal de reinos peninsulares. -Fortalecimiento del poder real a través del monarca. -Expansión territorial por Europa y América.
AUSTRIAS MAYORES: -Patrimonio de Carlos I por herencia y conquista. -Reacciones al autorismo real: comuneros, germanías... -Política y unidad religiosa de Carlos I y Felipe II. -El descubrimiento de América a la organización colonial.
4. La instauración borbónica: programa de reformas políticas del nuevo estado absolutista
Los cuatro monarcas borbónicos tuvieron el objetivo llevar a la práctica un conjunto de reformas inspiradas en el pensamiento de la ilustración (despotismo ilustrado). La meta del programa reformista era conseguir la prosperidad del reino, devolver a España el prestigio del poder internacional. El programa de reformas ilustrado tenían que llevarlo a cabo los monarcas en el marco del AR y sin alterar sus fundamentos políticos, económicos y sociales.
A) Reformas internas
Las metas fueron: reformar las estructuras estatales para potenciar su capacidad de intervención en la vida pública, fomentar el crecimiento económico eliminando los obstáculos existentes y estimulando la iniciativa privada, reformar la sociedad estamental al objeto de regenerar hábitos adaptados a los planteamientos de las reformas y actualizar y divulgar los conocimientos científicos y culturales con una función práctica. La reforma administrativa del estado era necesaria ya que éste era el agente principal y ejecutor de las reformas. Se transformó el modelo organizativo estatal de los Austrias en un estado con poder real reforzado a través del centralismo (cargos de administración central y territorial en pocas manos) y la uniformidad (mismas leyes e instituciones para todo el reino eliminando los fueros). Las medidas concretas :
1. Los decretos de Nueva Planta (reforma del Estado). Justificados por el derecho de conquista se aplicaron a lo largo de la Guerra de Sucesión en los primeros reinos vencidos de la Corona de Aragón (Aragón y Valencia) y posteriormente en Mallorca y Cataluña. En todos los casos se suprimieron fueros y Cortes. Tan sólo el País Vasco y Navarra conservaron sus fueros por su lealtad a Felipe V.
2. Sustitución del anterior modelo de gobierno polisinodal (consejos) por el de Secretarías de Estado y de Despacho (administración central). La reuníón de sus responsables constituyó un antecedente del Consejo de Ministros, especialmente cuando Floridablanca instituyó con Carlos III la creación de la Junta Suprema de Estado. En 1714 se estructura la planta secretarial en cuatro ramos (estado, justicia, guerra y hacienda y marina e Indias). Con esta reforma, la mayoría de los Consejos (territoriales y de Indias) quedaron reducidos a órganos que resolvían expedientes ordinarios o sentencias judiciales. El único consejo que continuó desempeñando un papel de primer orden fue el de Castilla que actuó como Tribunal Supremo y cuerpo consultivo del monarca.
3. En la administración territorial, supresión de los antiguos virreinatos, división del reino en provincias a cargo de las capitanes generales (funciones gubernativas, militares) y los intendentes (representantes del gobierno en las provincias y agentes principales de las reformas). Así mismo, los corregidores, cargo 7 tradicional de representación gubernamental en Castilla, se implantaron también en los reinos de la Corona de Aragón.
4. En la administración local se crearon los diputados del común y síndicos personeros, que eran elegidos por todo el pueblo y representaban sus intereses en el municipio. Esta reforma municipal fue motivada porque en la administración local, los cargos municipales (regidores) estaban copados por la nobleza local por el contrario que controlaba a través de ellos el poder municipal (oligarquía municipal). En términos generales, los borbones marginaron del poder a la alta nobleza y se apoyó en una burocracia procedente de la baja nobleza (burocracia regia conocida con el nombre de “golillas”, esto es, que no habían estudiado estudios universitarios en los colegios mayores reservados a los hijos de la nobleza).
5. En relación con la iglesia (política regalista), los borbones exigieron la reducción del poder temporal de la Iglesia y convertirla en un instrumento de la reforma. La política regalista consistíó en defender la soberanía del rey en materia eclesiástica (excepto en cuestiones dogmáticas). Dicha política culminó con la firma del Concordato de 1753 bajo el reinado de Fernando VI. Destacan también las medidas regalistas de Carlos III.
6. Otras reformas internas importantes fueron llevadas a cabo por el Marqués de Ensenada: el paso a la administración directa de las rentas reales, la elaboración del Catastro (1752), la renovación de la marina o el intento de establecer cierta justicia fiscal a través de la polémica y frustrada Única Contribución. Con la caída de Ensenada, Aranda y Campomanes el proyecto gubernativo borbónico sufríó un gran revés del cual no se recuperó hasta las revoluciones liberales. Así se articuló la maquinaria de gobierno de los Borbones, siempre a medio camino entre la modernidad y el lastre del pasado. El problema de fondo residía en la misma raíz de la concepción del poder: una monarquía que se pretendía racional, ilustrada y reformista al mismo tiempo no deseaba variar un ápice su esencia absolutista.
B) Reformas externas
Las metas concretas de las reformas externas fueron aumentar el poder y el prestigio exterior de España, que supónía, tras los tratados de Utresch y Rastatt, la alianza con Francia y la hostilidad con Inglaterra y
proteger su Imperio americano frente a los ingleses. Ambos objetivos condujeron a una política borbónica de pactos con Francia (pactos de familia) y el consiguiente enfrentamiento con Inglaterra. La tendencia hacia el objetivo primero predominó con Felipe V, mientras que la inclinación al segundo se impuso con Fernando VI y el ilustrado Carlos III. Finalmente, con Carlos IV surgíó, con la Revolución Francesa y el Imperio Napoleónico un escenario internacional completo pero siempre mantenidos ambos objetivos. Las medidas concretas:
1. El revisionismo de Utrech con Felipe V. La rectificación de los tratados de Utrecht fue el eje de la política exterior de Felipe V. Los objetivos eran la recuperación de Gibraltar y Menorca, restablecer la influencia española en Italia y defender su derecho a la sucesión del trono francés. La formación de la Cuádruple Alianza obligó a renunciar a su propósito revisionista. La intervención diplomática de su ministro José Patino consiguió que el hijo mayor de Felipe V (Carlos III), fuese reconocido definitivamente como rey de las Dos Sicilias como resultado de la firma del Primer Pacto de Familia con Francia (1733). Los objetivos eran detener a los ingleses en sus intentos de expansión por la América Hispana y garantizar sus intereses en Italia. El conflicto terminó en el reinado de Fernando VI con la Paz de Aquisgrán (1748) que supuso para el segundo hijo de Isabel de Farnesio (infante Felipe) la posesión del ducado de Parma, Toscanay Piacenza.
2. La neutralidad de Fernando VI. La política de neutralidad buscaba dar una mayor prioridad a las reformas internas. Los dos ministros que la ejecutaron fueron José de Carvajal (anglófilo) y el Marqués de Ensenada (Francófilo). Ensenada planificó un reforzamiento de la armada española con la finalidad de disuadir a Inglaterra de sus intentos de expansión territorial por la América hispana y de su pretensión de controlar el comercio colonial español.
3. Tercer Pacto de Familia contra Inglaterra con Carlos III. La política de neutralidad anterior no consiguió superar los problemas en el exterior (derecho de España a las pesquerías de Terranova, asentamientos británicos en Honduras, intromisiones británicas en el comercio colonial español y el mantenimiento de la ocupación inglesa de Gibraltar y Menorca. En este contexto, los diplomáticos de Carlos III firmaron el Tercer 8 Pacto de Familia con Francia (1761) que implicó la declaración de guerra a Inglaterra y que concluyó con resultados negativos (a cambio de recuperar los territorios ocupados por los ingleses y la Luisiana Francesa, perdíó Florida, Pensacola y Sacramento. El Pacto de Familia se reactivó de nuevo en el contexto de la guerra de la Independencia de las trece colonias inglesas de América del Norte consiguiendo España recuperar Menorca, las Floridas y otros territorios centroamericanos.