Impuesto sobre Sociedades: diferencias permanentes, temporarias y liquidación
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Resumen
El documento explica cómo se concilia el resultado contable con la base imponible del Impuesto sobre Sociedades mediante diferencias permanentes y temporarias. Describe el cálculo de amortizaciones, el cuadro de diferencias temporarias y el activo o pasivo diferido, y el esquema de liquidación. Incluye también los asientos contables de liquidación del impuesto corriente y del impuesto diferido.
Puntos clave
- La conciliación entre resultado contable y base imponible fiscal se realiza mediante ajustes extracontables.
- Las diferencias permanentes afectan al resultado contable y nunca se revierten; las temporarias se revierten en ejercicios futuros.
- La diferencia temporaria se calcula como V. Contable - V. Fiscal, cambiando el signo del resultado.
- El activo o pasivo diferido se obtiene multiplicando la diferencia temporaria por el tipo impositivo.
- El esquema de liquidación parte del resultado contable antes de impuestos y llega a la cuota diferencial.
- El gasto por impuesto corriente se registra en la cuenta 6300, los pagos a cuenta en la 473 y la deuda con Hacienda en la 4752.
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Impuesto sobre Sociedades (IS): Conceptos Fundamentales
El Impuesto sobre Sociedades requiere la conciliación entre el resultado contable (según el Plan General de Contabilidad) y la base imponible fiscal (según la normativa tributaria). Esta conciliación se realiza mediante ajustes extracontables, clasificados en diferencias permanentes y temporarias.
Diferencias Permanentes
Son aquellas que afectan al resultado contable, pero nunca serán deducibles o imponibles fiscalmente. Generan una diferencia definitiva entre la base contable y la fiscal.
- Positivas (Suman): Incrementan la base imponible. Ejemplos: Multas y sanciones (gastos no deducibles fiscalmente).
- Negativas (Restan): Disminuyen la base imponible. Ejemplos: Determinados ingresos exentos o reinversiones de beneficios (si aplican regímenes especiales).
Diferencias Temporarias
Son aquellas que surgen por la distinta imputación temporal de ingresos y gastos entre la contabilidad y la normativa fiscal. Se revierten en ejercicios futuros.
- Provisiones: Generalmente generan una diferencia temporaria imponible (se suma inicialmente). Se debe especificar si la provisión es deducible o no.
- Amortizaciones: Las diferencias entre la amortización contable y la fiscal son el caso más común (generalmente se colocan en negativo en el primer tramo del esquema).
Nota: Las diferencias (permanentes y temporarias) se aplican en el primer tramo del esquema de liquidación, ajustando el Resultado Contable antes de Impuestos.
Reglas Generales de Amortización
La amortización debe calcularse tanto por el valor contable como por el valor fiscal. Si la normativa fiscal indica que un bien es deducible o que se amortiza totalmente en el año de su compra, el valor fiscal de la amortización en ese año será el total, y en años posteriores será cero.
Procedimiento de Liquidación del Impuesto sobre Sociedades (4 Pasos)
1º Paso: Cálculo de la Amortización
La amortización se calcula para los años requeridos, tanto para el valor contable como para el fiscal. Se divide el precio del activo entre los años de vida útil y se resta anualmente al valor total hasta llegar a cero (Ejemplo: 4000 - 800; 4000 - 1600, etc.).
2º Paso: Elaboración del Cuadro de Diferencias Temporarias
Este cuadro es fundamental para determinar los activos y pasivos por impuesto diferido.
Estructura del Cuadro
- Ejercicio (Año)
- Valor Contable (V. Contable)
- Valor Fiscal (V. Fiscal)
- Diferencia Temporaria (DT): Indica si es deducible (si el valor es positivo) o imponible (si el valor es negativo).
- Activo o Pasivo Diferido: Se calcula aplicando el tipo impositivo a la DT.
Cálculo de la Diferencia Temporaria (DT)
La DT se calcula como la resta de V. Contable - V. Fiscal. Al resultado obtenido se le cambia el signo (si el resultado es positivo, se registra negativo; si es negativo, se registra positivo). Este dato es el que se utiliza en el esquema de liquidación.
Cálculo del Activo o Pasivo Diferido
El Activo o Pasivo Diferido se calcula multiplicando la Diferencia Temporaria de ese año por el tipo impositivo (ejemplo: 0,25). Este valor es el que se utiliza en los asientos contables.
3º Paso: Esquema de Liquidación
El esquema parte del resultado contable y aplica los ajustes necesarios para obtener la base imponible.
Ejemplo de Esquema de Liquidación
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Resultado Contable antes de Impuestos | 100.000 |
| (-) Ajustes por Diferencias Temporarias Imponibles | -40.000 |
| (-) Ajustes por Diferencias Temporarias Deducibles (se restan) | X |
| (+/-) Ajustes por Diferencias Permanentes (según el caso) | X |
| (+) Ajustes por Provisiones (si no son deducibles) | X |
| = Resultado Fiscal | 60.000 |
| (-) Compensación de Bases Imponibles Negativas (BIN) | -0 |
| = Base Imponible (BI) | 60.000 |
| Tipo Impositivo | *0,25 |
| = Cuota Íntegra | 15.000 |
| (-) Deducciones y Bonificaciones | -2.850 |
| = Cuota Líquida (Corresponde a la cuenta 6300 en el asiento) | 12.150 |
| (-) Retenciones y Pagos a Cuenta (Corresponde a la cuenta 473 en el asiento) | -2.500 |
| = Cuota Diferencial (Corresponde a la cuenta 4752 en el asiento) | 9.650 |
4º Paso: Asientos Contables de Liquidación
Los asientos reflejan el gasto por impuesto (6300), los pagos anticipados (473) y la deuda o derecho con Hacienda (4752), además de la variación de los activos y pasivos por impuesto diferido (6301, 4740, 479).
A. Liquidación del Gasto por Impuesto Corriente
Este asiento se realiza siempre, independientemente de las diferencias temporarias:
| Cuenta | Debe | Haber | Concepto |
|---|---|---|---|
| 6300 | Cuota Líquida | Impuesto corriente | |
| 473 | Retenciones y pagos a cuenta | ||
| 4752 | Hacienda Pública, acreedora por IS (Cuota Diferencial) |
B. Ajuste por Impuesto Diferido
Se utiliza la cantidad calculada en la columna de Activo o Pasivo Diferido del año correspondiente.
B.1. Si el Activo o Pasivo Diferido es Negativo (Pasivo por Impuesto Diferido)
Se reconoce un gasto por impuesto diferido (6301) y un pasivo (479).
| Cuenta | Debe | Haber | Concepto |
|---|---|---|---|
| 6301 | Valor Diferido | Impuesto diferido (Gasto) | |
| 479 | Pasivos por diferencias temporarias imponibles |
B.2. Si el Activo o Pasivo Diferido es Positivo (Activo por Impuesto Diferido)
Se reconoce un activo (4740) y un ingreso por impuesto diferido (6301, con signo negativo).
| Cuenta | Debe | Haber | Concepto |
|---|---|---|---|
| 4740 | Valor Diferido | Activos por diferencias temporarias deducibles | |
| 6301 | Impuesto diferido (Ingreso) |
B.3. Caso Especial: Provisiones
Si la diferencia temporaria proviene de una provisión, el tratamiento es similar al caso B.2 (Activo Diferido), utilizando las cuentas 4740 a 6301 con el valor del activo o pasivo diferido de ese año.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre diferencias permanentes y temporarias en el Impuesto sobre Sociedades?
Las diferencias permanentes afectan al resultado contable y nunca serán deducibles o imponibles fiscalmente, generando una diferencia definitiva. Las temporarias surgen por una distinta imputación temporal de ingresos y gastos y se revierten en ejercicios futuros.
¿Cómo se calcula la diferencia temporaria?
Se resta el valor fiscal del valor contable y al resultado se le cambia el signo. Ese dato es el que se utiliza en el esquema de liquidación.
¿Cómo se calcula el activo o pasivo diferido?
Se multiplica la diferencia temporaria de ese año por el tipo impositivo, por ejemplo 0,25. Este valor se utiliza en los asientos contables.
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