Protección Infantil en España: Riesgo Social, Desamparo y Tipologías del Maltrato
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Situación de Riesgo Social y Desamparo. El Maltrato Infantil
La protección del menor en España está regulada por la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Diferenciación Conceptual: Riesgo Social vs. Desamparo
- Riesgo Social: Cualquier situación que perjudique el desarrollo personal o social del menor, sin la gravedad suficiente para justificar la separación de la familia. El objetivo es reducir los factores de riesgo y promover factores de protección.
- Desamparo: Ejercicio inadecuado de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando estos queden privados de la necesaria asistencia moral o material. Esta situación justifica su separación del núcleo familiar.
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