Marco Legal y Normativa Ambiental: Derechos, Deberes y Sanciones
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Disposiciones Constitucionales sobre el Ambiente y la Economía
- Artículo 127: Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro.
- Artículo 129: El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas.
- Artículo 299: El Estado promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país.
Régimen de Sanciones por Infracciones Ambientales
- Artículo 40: La persona que ocupe ilícitamente áreas naturales protegidas, en violación
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