Derechos Culturales, Educativos y Económicos en la Constitución de Venezuela
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Francés
Escrito el en
español con un tamaño de 3,79 KB
Derechos Culturales y Patrimonio Nacional
- Art. 98: La creación cultural es libre; se puede invertir, producir y divulgar la obra creativa de manera autónoma.
- Art. 99: Los valores de la cultura constituyen bienes irrenunciables del pueblo y un derecho fundamental que el Estado debe proteger.
- Art. 100: Las culturas populares constitutivas de la venezolanidad gozan de atención especial, respetando siempre el principio de igualdad entre las diversas manifestaciones.
- Art. 101: El Estado garantizará la emisión, recepción y circulación de la información cultural para el beneficio de la colectividad.
El Sistema Educativo y la Formación Ciudadana
- Art. 102: La educación es un derecho humano y un deber social fundamental. Se caracteriza por ser democrática,
catalán con un tamaño de 4,18 KB