Reglas de Concurrencia de Convenios Colectivos en el Ámbito Laboral
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Concurrencia de Convenios Colectivos
A) Regla General
Ningún Convenio Colectivo (CC) puede ser afectado (alterado o modificado) durante su vigencia por lo dispuesto en convenios de ámbitos distintos:
- Solo impide la concurrencia conflictiva, no la concurrencia pacífica o querida por las partes del convenio prioritario.
- Abarca la vigencia inicial y las prórrogas, pero no el periodo de ultraactividad.
- Los acuerdos marco (Art. 83.2 del Estatuto de los Trabajadores) pueden establecer otras reglas sobre concurrencia.
B) Reglas de Preferencia Aplicativa
Existe preferencia aplicativa entre convenios sectoriales: los convenios sectoriales de ámbito inferior (CCAA) pueden afectar a convenios sectoriales de ámbito territorial superior (estatales).