Derechos, Deberes y Tipos de Trabajadores: Aspectos Clave del Estatuto
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Noción Jurídica de Trabajador Asalariado (Art. 1.1 ET)
El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 1.1, define al trabajador asalariado como una persona física que:
- Se obliga libremente (voluntariedad) a prestar una actividad para el empresario.
- Está sometido a las órdenes e instrucciones del empresario (dependencia).
- Percibe una contraprestación económica (salario) por la prestación de sus servicios.
- Cede desde el principio los frutos de su actividad al empresario y no aporta los medios de producción, o su aportación es irrelevante (ajenidad).
Serán considerados empresarios todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de los trabajadores.