Competencias y Funciones de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social
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Competencias de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social
Las competencias de las mutuas se encuentran recogidas en el artículo 68.2 de la LGSS. Sus funciones principales son las siguientes:
1. Protección por contingencias profesionales
Las empresas pueden optar, con idénticos niveles de protección, entre una Entidad Gestora (EG) o una Mutua. De esta elección se despliegan las siguientes funciones:
- a) Gestión de los procesos de IT (Incapacidad Temporal) por contingencias profesionales y sus recaídas.
- b) Abono de prestaciones (que no sean pensiones por incapacidad permanente o muerte y supervivencia) al trabajador o sus familiares.
- c) Gestión de las prestaciones por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
- d)