Régimen de Remuneraciones y Garantías en Chile
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Régimen de Remuneraciones
Sumas que no constituyen remuneración
Art. 41 inc. 2º
No constituyen remuneración:
- Asignación familiar: Asignación establecida por ley (previsional)
DFL 150 y Ley 18.101. - Indemnización por años de servicios: suma que tendrá derecho a percibir el trabajador cuando el empleador le ponga término al contrato por causal necesidades de la empresa o desahucio según artículo 161, de acuerdo al artículo 163.
Semana Corrida
Art. 45
Es el derecho a pago por los días de descanso de que gozan los trabajadores remunerados exclusivamente por día.
- Se les remunera por los domingos y festivos y días compensatorios aunque no trabajen.
- Si no existiera la institución, estos días no se remunerarían.
- Se genera desigualdad con los
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