Regulación de Sanciones y Permisos de Conducir en España: Normativa DGT y UE
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Graduación de Sanciones (Art. 65 LSV)
- Leves: Multa. (Aquellas no consideradas graves o muy graves).
- Graves: Multa y posible suspensión del permiso de conducir entre 1 y 3 meses.
- Muy Graves: Multa y suspensión del permiso de conducir. (Se gradúa en función de la gravedad de la conducta, antecedentes y peligro creado).
Reducción de Sanciones
- Según el Artículo 67 de la Ley de Seguridad Vial (LSV), las multas serán efectivas con una reducción del 30% si se pagan en los 30 días naturales siguientes a la denuncia.
- El pago implica la renuncia a presentar alegaciones y la terminación del procedimiento sin resolución, salvo que exista una propuesta de suspensión del permiso de conducir.
Infractores No Residentes en España
- Artículo 67 LSV: El