Régimen Jurídico y Financiero de las Comunidades Autónomas: Competencias, Acceso y Modelos de Financiación
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Principios de División de Competencias
La distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas (CC. AA.) se rige por los siguientes principios:
- Cláusula Residual: Las competencias sobre materias no asumidas por las Comunidades Autónomas las asume el Estado.
- Prevalencia o Supremacía: Ante conflictos de concurrencia entre normas estatales y autonómicas, prevalecerán las normas estatales. Ejemplo: Que una ley urbanística autonómica contradiga una ley de bases estatal.
- Supletoriedad del Derecho Estatal: Ante la falta de una norma autonómica sobre una materia concreta, se aplicará el Derecho estatal. Esto no implica atribución de competencias.
Vías de Acceso a la Autonomía
En función de la duración del proceso
- Vía