Derecho de Familia: Matrimonio, Alimentos y Sociedad de Gananciales
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Derecho de Familia
Conjunto de normas que regulan las relaciones personales y matrimoniales en el seno de la familia (entre parientes, miembros y terceros).
Comprende: filiación, patria potestad, tutela, regulación matrimonial.
Características especiales:
- Fondo ético.
- Primacía del interés social sobre el individual.
Deriva en:
- Relaciones de superioridad.
- Normas imperativas e inderogables.
- Derechos de carácter recíproco.
- Derechos inalienables, irrenunciables e imprescriptibles.
Alimentos entre Parientes
¿Qué implica el derecho de alimentos?
Según los artículos 142 a 146 del Código Civil (CC), "se entiende por alimentos todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica".
¿Quién recibe?
Debe haber:
- Vínculo conyugal