Procedimiento de Anulación y Control de Validez en la Unión Europea

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Procedimiento

Plazo de interposición del recurso: 2 meses a partir de la publicación (final del 14º día siguiente a la publicación), notificación al recurrente (día siguiente a la notificación) o desde el día en que éste haya tenido conocimiento del contenido y motivos del acto. Dependiendo de quién sea el demandante y de qué institución proceda el acto impugnado, la competencia para conocer de los recursos de anulación corresponde:

  • Al TJ, en única instancia.
  • Al TG, en primera instancia (posible recurso de casación ante el TJ).
  • A los tribunales especializados, en primera instancia (art. 257 TFUE) (caso del Tribunal de la Función Pública, con posible casación ante el TG).

La sentencia de anulación (arts. 264 y 266 TFUE)

Objeto: El TJUE “declarará nulo y sin valor ni efecto alguno el acto impugnado”. Si el TJUE no aprecia la concurrencia de la causa de nulidad, no proclamará la validez del acto impugnado, sino que se limitará a afirmar que la causa alegada no concurre.

Efectos: Efectos erga omnes, pues implica la desaparición del acto declarado nulo del ordenamiento jurídico. Puede decretar la anulación parcial del acto, si el TJUE entendiera que el vicio no afecta a todo el acto y las disposiciones viciadas son separables del resto. Efectos retroactivos o ex tunc, si bien el TJUE puede decidir que:

  • Se mantengan algunos de los efectos desplegados por el acto e, incluso,
  • Que el acto se siga aplicando hasta su sustitución por uno nuevo (efecto “prospectivo”).

Obliga a la institución autora del acto anulado a eliminar sus efectos en el ordenamiento jurídico y, en su caso, a sustituirlo por un nuevo acto.

Especificidades del control de validez de los acuerdos internacionales celebrados por la UE

Cabe interponer recurso de anulación una vez concluido el acuerdo internacional. Objeto del control: la decisión (o el reglamento) del Consejo por el que se aprueba, en nombre de la UE, el acuerdo internacional (y no el acuerdo en sí).

Consecuencias jurídicas: La eventual sentencia estimatoria no afecta a la validez del acuerdo, UE, sino a su inserción en el ordenamiento de la UE. Posible responsabilidad internacional de la UE. Vías de solución y posible recurso al art. 264.2º TFUE (mantenimiento de efectos a futuro).

Medidas cautelares en el marco del recurso de anulación (art. 278 TFUE)

La interposición del recurso de anulación no tiene efecto suspensivo (presunción de validez de los actos); sin embargo, el demandante puede solicitar al TJUE su suspensión con carácter cautelar. Requisitos para la concesión de una medida cautelar por el TJUE:

  • “Fumus boni iuris” o “apariencia de buen derecho” de las pretensiones en el litigio principal.
  • “Periculum in mora” o “urgencia”.
  • Equilibrio de los intereses en juego.
  • Si el acto recurrido impone una obligación pecuniaria: exigencia de garantía.

La excepción de ilegalidad: nociones generales (art. 277 TFUE)

Procedimiento incidental para permitir el control indirecto de la validez de un acto de alcance general en el marco de un litigio en el que se impugna una medida de la UE de aplicación de ese acto de alcance general (paliativo de la limitada legitimación activa del particular en el recurso de anulación):

  • Actos cuya ilegalidad puede impugnarse incidentalmente: “un acto de alcance general adoptado por una institución, órgano u organismo de la Unión”.
  • Puede alegarla “cualquiera de las partes de un litigio” pendiente ante el TJUE: particulares, EEMM (STJ de 2008 en el asunto España c. Consejo) e instituciones.
  • No se prevé límite temporal alguno para su invocación, siempre que el recurso principal (contra el acto de aplicación) se haya entablado en plazo.

Procedimientos en los que se puede invocar: Recurso de anulación. ¿Otros (en particular, recurso por incumplimiento y por responsabilidad extracontractual)?

Si prospera, el TJUE anulará el acto impugnado en el recurso principal, pero no el acto de alcance general objeto de la excepción de ilegalidad (cuya invalidez aprecia).