Los Liberales Moderados y Progresistas en la Historia de España: Un Análisis Comparativo
Enviado por Comunidad Xuletas y clasificado en Historia
Escrito el en
español con un tamaño de 3,84 KB
Los liberales moderados defenderán, en el transcurso del reinado de Isabel II, un programa consistente en:
- Defensa del principio de soberanía compartida entre la Corona y las Cortes.
- Rechazo a los cambios que pusieran en peligro sus propiedades; veían en el exceso de libertad una amenaza.
- Fortalecimiento de las atribuciones del rey, ya que asignaban un papel político central a la institución monárquica.
- Defensa del proteccionismo económico.
- Limitación al máximo del derecho al voto, endureciendo los requisitos electorales para reducir el cuerpo electoral y reservar la participación política a una minoría.
- Sostenimiento del orden y de una autoridad fuerte.
- Supresión de la Milicia Nacional, pues temían sus excesos revolucionarios.
- Limitación de los derechos individuales, especialmente los colectivos.
- Defensa de la confesionalidad del Estado y otorgamiento a la Iglesia católica de una gran influencia social.
Los liberales progresistas, por su parte, presentaron los siguientes rasgos básicos:
- Defensa del principio de soberanía nacional.
- Realización de reformas profundas y radicales.
- Predominio de las Cortes y limitación al máximo del poder de la Corona.
- Defensa del liberalismo económico y reducción de los aranceles aduaneros.
- Defensores del sufragio censitario, pero favorables a la ampliación del cuerpo electoral.
- Elección popular de alcaldes y concejales en los ayuntamientos.
- Mantenimiento de la Milicia Nacional como garantía de las libertades.
- Concesión de amplios derechos individuales y colectivos.
- Limitación de la influencia social de la Iglesia.
La Constitución de 1837 establece:
- Soberanía nacional, único origen legítimo de toda constitución.
- División de poderes.
- El poder legislativo recae en las dos Cámaras (Congreso de los Diputados y Senado). Todas las leyes debían ser aprobadas por ambas cámaras. Los miembros del Senado eran nombrados por el rey.
- El rey posee el poder ejecutivo y tiene la potestad de hacer ejecutar las leyes. La Constitución define el resto de las atribuciones regias: iniciativa legislativa, derecho de veto ilimitado, designación de senadores y nombramiento de ministros. Además, la persona del rey no está sujeta a responsabilidad, siendo responsables los ministros.
- Reconocimiento de los derechos individuales y de la libertad de imprenta como garantía de la libertad de expresión.
- No prohibición de otras religiones. El Estado se comprometía a mantener económicamente al clero católico, que había perdido la mayor parte de sus rentas como consecuencia de la desamortización.
La Constitución de 1845 recoge las ideas básicas del moderantismo:
- Rechazo de la soberanía nacional y sustitución por la soberanía conjunta del rey y las Cortes.
- Ampliación de los poderes del ejecutivo y disminución de las atribuciones de las Cortes (legislativo).
- Exclusividad de la religión católica y compromiso de mantenimiento del culto y clero.
- Ayuntamientos y Diputaciones sometidos a la Administración Central.
- Supresión de la Milicia Nacional.
- Restricción del derecho de voto.
- Senado no electivo, sino nombrado por la reina entre personalidades relevantes y de su confianza.
- Mantenimiento de gran parte del articulado de la Constitución de 1837, sobre todo la declaración de derechos, pero se remitía su regulación a leyes posteriores que fueron enormemente restrictivas con las libertades.
- Concesión a la Corona de enormes atribuciones, como la facultad de nombrar ministros y disolver las Cortes.