Los Fundamentos del Derecho: Perspectivas Objetivistas y Subjetivistas
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Tema #11: El Fundamento del Derecho
El fundamento del Derecho es la justificación del Derecho y aquí encontramos dos grandes posiciones.
Teoría Objetivista
Esta teoría sostiene que lo que le da fuerza y razón al Derecho es lo que está afuera del individuo. Es lo que este asume por sus experiencias y no por su razón. Frente a esta teoría se encuentra la Teoría Mixta.
Escuela del Determinismo Económico de Karl Marx
Considera que el Derecho tiene un fundamento en la estructura social. Sostiene que el Derecho es creado por la superestructura, esto es:
La clase dominante que controla el poder económico. Para esta escuela, el Derecho proviene de la burguesía, que es la que mantiene a las clases dominadas; es decir, el Derecho es creado por las élites económicas para mantener sometido al proletariado.
Teorías Mixtas
Dictan que no todo puede ser la razón ni todo la experiencia, pues debe haber una mezcla de ambas. Así nacen:
- 1. Teoría del Voluntarismo Jurídico: Se preocupa exclusivamente por la voluntad del legislador.
- 2. Teoría del Iusnaturalismo: Considera que el hombre tiene derechos innatos, los cuales le otorgan el Derecho al hombre solo por su condición de ser humano.
Teoría Subjetivista
Dice que el fundamento del Derecho y lo que lo justifica es el individuo como tal y su propia razón.
Dentro de las teorías subjetivistas encontramos que el principal método para lograr el Derecho es el Método Racional. Esta teoría nos indica que lo primordial dentro del individuo es el racionalismo, por lo tanto, deja a un lado la experiencia del sujeto.
Escuela Racionalista del Derecho Natural
Sostiene que el individuo se encuentra en un estado de naturaleza puro; es un ser fundamentalmente asocial y basado en la razón del individuo puro. Esta escuela concluye con un sistema de Derecho que tiene las siguientes características:
- 1. Es un sistema de Derecho perfecto: Porque es fruto de la razón del hombre.
- 2. Es un sistema de Derecho inmutable: Porque no se puede cambiar, siempre será el mismo; lo que el hombre construye con su razón no tiene por qué ser modificado.
- 3. Es un sistema de Derecho universal: Es el mismo para todos los pueblos del mundo y no varía de una sociedad a otra.
- 4. Es insensible al paso del tiempo: Siempre se mantendrá vigente aunque transcurra mucho tiempo.
Escuela del Idealismo Trascendental
Sigue el criterio de la anterior y afirma que el Derecho tiene su fundamento en la razón del hombre, pero también en dos elementos fundamentales:
- Elemento de carácter material: Se refiere a las ramas que conforman el Derecho; este es un elemento múltiple.
- Elemento de carácter formal: Es único e invariable y se le denomina categorías del pensamiento jurídico, las cuales son:
- Voluntad normativa: Porque impone deberes y obligaciones.
- Voluntad vinculatoria: Porque vincula a dos o más personas en la norma.
- Voluntad autárquica: Porque el Derecho se impone incluso frente a la resistencia del sujeto obligado.
Teoría Pura del Derecho
El fundamento del Derecho reside en un fundamento puro, que no puede estar contaminado, mezclado o vinculado con otros elementos no jurídicos. El Derecho debe ser puro porque se integra por normas jurídicas, y la Norma Jurídica emana de la razón, por lo que es una Norma Pura.