Fundamentos del Derecho: Conceptos Clave del Ordenamiento Jurídico y la Estructura del Estado

Derecho6,08 KB

Definición y Propósito del Derecho

El Derecho busca establecer el orden social y ejercer el control social. Es todo conjunto de normas y principios que pueden ser impuestos por la fuerza, y su finalidad es resolver problemas sociales.

Características Esenciales del Derecho

  • Es un conjunto de normas y principios.
  • Las normas establecidas por el Derecho pueden ser impuestas por la fuerza.
  • Su finalidad es posibilitar la convivencia social.

Clasificación del Derecho: Público y Privado

  • Derecho Público: Regula relaciones en las que una de las partes (el Estado o un ente público) ejerce su autoridad sobre la otra parte, estableciendo una relación de subordinación.
  • Derecho Privado: Regula relaciones entre particulares y entre estos y el Estado, donde no hay autoridad de una sobre otra, sino una relación de colaboración.

Sujetos de Derecho: Persona Física y Jurídica

La Persona es todo ser humano o entidad susceptible de ser objeto de derechos y obligaciones.

  • Persona Física: Se refiere a las personas humanas, desde su nacimiento hasta su fallecimiento, abarcando a todos los seres humanos.
  • Persona Jurídica: Son entidades a las que el ordenamiento jurídico atribuye dicha condición, desde su constitución hasta la extinción de la entidad. Incluyen:
    • Asociaciones: Entidades con interés público no lucrativo.
    • Corporaciones: Entidades como el Estado o un colegio profesional, con un fin colectivo.
    • Fundaciones: Entidades basadas en bienes o patrimonio, con un interés general o fin social.

Fuentes del Derecho

Las normas son creadas por el Gobierno autonómico, estatal y europeo. No todas las normas son escritas, sin que por ello deban dejar de cumplirse, como las costumbres y los principios generales del Derecho. El Convenio Colectivo es una fuente distinta.

La Ley como Fuente Principal

La Ley son disposiciones que emanan de órganos legislativos, es decir, de los poderes del Estado.

La Costumbre Jurídica

La Costumbre es una norma de conducta que no se manifiesta de forma escrita ni proviene de órganos legislativos. Su origen procede de comportamientos sociales; nace de la sociedad y luego adquiere validez jurídica. Se aplica la costumbre si no hay ley al respecto (principio de subsidiariedad).

Principios Generales del Derecho

Los Principios Generales del Derecho son fundamentos o principios que inspiran todo el ordenamiento jurídico (valores). Se aplican si no hay ley o costumbre aplicable.

La Norma Jurídica y sus Características

La Norma Jurídica expresa una regla de conducta mediante la atribución de derechos o la imposición de obligaciones. Sus características son:

  • General
  • Bilateral
  • Abstracta
  • Coercitiva

Tipos de Leyes y Normas con Rango de Ley

  • Ley Orgánica: Regula materias relevantes y requiere un consenso especial de las Cortes para su aprobación.
  • Ley Ordinaria: Regula el resto de materias y es aprobada por mayoría simple. Incluye las Leyes Marco y de Armonización para competencias transferidas.
  • Decreto Legislativo: El Gobierno crea normas por encargo de las Cortes.
  • Decreto Ley: El Gobierno crea leyes por iniciativa propia en casos de extraordinaria y urgente necesidad.
  • Reglamento: Normas jurídicas elaboradas por el Gobierno y subordinadas a las leyes (ej. IRPF).

Principio de Publicidad de las Normas

Toda ley aprobada debe hacerse escrita y accesible a todos los ciudadanos, publicándose en boletines oficiales como el Boletín Oficial del Estado (BOE) o el Diario Oficial de la Unión Europea (DOCE).

El Estado y la Nación

El Estado es el cuerpo político de una nación. La Nación es el conjunto de habitantes de un país con características culturales, históricas, lingüísticas y costumbres comunes, dotándoles de identidad propia, y puede estar formada por diversas nacionalidades.

Modelos de Organización Estatal

Los Tipos de Estado incluyen el Estado Federal y el Estado Centralizado. El Estado Federal se caracteriza por la descentralización, que implica autonomía de ejecución, administrativa y legislativa para sus Estados miembros.

La Constitución: Norma Suprema

La Constitución es el instrumento jurídico que se encarga de garantizar los derechos y deberes de todo ciudadano. Se divide en:

  • Parte Dogmática: Contiene los principios generales y los deberes y derechos fundamentales.
  • Parte Orgánica: Establece la división del poder, las instituciones públicas, etc.

Funciones de la Jefatura del Estado (Monarquía Parlamentaria)

Las Funciones del Rey incluyen:

  • Su papel en el marco legislativo (como la convocatoria de referéndum).
  • Su mando supremo en el marco de las fuerzas armadas.
  • La manutención de la residencia oficial.

Poderes y División del Estado

Los Poderes del Estado son el conjunto de facultades con las que cuenta el Estado para organizarse. Tradicionalmente, se distinguen tres tipos de legitimidad del poder: tradicional, carismática y legal.

La División de Poderes

La División de Poderes es fundamental para el equilibrio estatal:

  • Poder Legislativo: Encargado de crear, modificar y anular leyes.
  • Poder Ejecutivo: Encargado de gobernar y hacer cumplir las leyes.
  • Poder Judicial: Encargado de administrar justicia.

Descargar

PDF Word HTML