Federalismo, Descentralización y Modelos de Organización Territorial: Un Recorrido Histórico

Enviado por Comunidad Xuletas y clasificado en Historia

Escrito el en español con un tamaño de 7,61 KB

Federalismo y Descentralización: Conceptos Clave

El federalismo surge de la necesidad de los pueblos de unirse para conseguir objetivos comunes, permaneciendo a la vez separados para preservar sus identidades respectivas. Esta definición encapsula dos nociones fundamentales: la primera, la de unión; y la segunda, la necesidad de preservar la identidad.

El debate federalista debe abordar la transformación de una confederación en una unión más fuerte, a través de mecanismos integradores, manteniendo como primera prioridad la garantía de su autonomía. Se trata de articular un gobierno popular.

En el siglo XIX, el modelo centralizado triunfó en Europa occidental, mientras que en el siglo XX, el modelo federal cobró fuerza durante el proceso de descolonización.

La estructura institucional del Estado federal contribuye a la articulación de la democracia liberal, favoreciendo el control del poder y el pluralismo, evitando así las tiranías.

Proudhon y el Federalismo Anarquista

Pierre-Joseph Proudhon articuló los principios federales en conexión con el objetivo anarquista de contribuir a la dispersión del poder. Planteó el federalismo como una alternativa al nacionalismo, buscando el equilibrio entre libertad y autoridad. Criticó la democracia de masas y propuso una democracia de grupos.

El Principio de Subsidiariedad

El principio de subsidiariedad implica que cada grupo, desde la familia hasta grupos profesionales o locales, cedería las competencias que por sí mismo sea incapaz de realizar a la unidad superior. Este principio es fundamental en la concepción de Europa como una federación de federaciones.

En España, estas ideas fueron desarrolladas por Francesc Pi i Margall durante el movimiento cantonalista de la Primera República, un proceso histórico en el que Cartagena se declaró independiente del resto de España, aunque finalmente fracasó.

La Constitución de 1787 y la Carta de Derechos

La redacción de la Constitución de 1787 en Estados Unidos marcó el paso de la confederación, entendida como la unión de estados para alcanzar objetivos concretos conservando su autonomía, a una unión federal.

La Carta de Derechos (Bill of Rights), que comprende las diez primeras enmiendas a la Constitución de los Estados Unidos de América, limita el poder del gobierno federal y garantiza los derechos y libertades de las personas. Entre estos derechos se encuentran la libertad de petición, el derecho a tener y portar armas, el derecho a no ser sometido a registros o a castigos crueles, el derecho a no testificar contra uno mismo, al debido proceso y a un juicio rápido con un jurado imparcial y local.

La Carta de Derechos también reserva a los estados o al pueblo todos los poderes no delegados al gobierno federal. Entró en vigor el 15 de diciembre de 1791.

Alexandre Marc y el Federalismo Integral

Alexandre Marc (1930) defendió el federalismo integral, profundizando en la crítica a la soberanía del Estado-Nación y a las tendencias totalizadoras de las democracias de masas. Sus propuestas planteaban una transformación social radical con una nueva visión del individuo, denominada filosofía personalista. En lo político, la sociedad se organizaría como una democracia participativa en comunidades populares.

Modelos Clásicos de Organización Territorial

  1. Estado Unitario: Existe un único centro de poder que adopta todas las decisiones políticas y detenta el monopolio de la creación de normas jurídicas aplicables en todo el territorio y a todos los ciudadanos. No descarta algún tipo de descentralización administrativa. Ejemplo: Francia, que tiende a medidas descentralizadoras.
  2. Estado Federal: Se caracteriza por relaciones de coordinación, que definen las competencias exclusivas y las compartidas, y relaciones de supra-subordinación, que determinan las competencias exclusivas del ámbito federal. También existen relaciones de integración, que tienden a crear senados como cámara de representación territorial. Ejemplo: Estados Unidos.
  3. Confederación: Es un pacto internacional que da lugar a una unión de estados con carácter permanente para alcanzar determinados objetivos comunes muy concretos. Según García-Pelayo, el órgano fundamental es un congreso o dieta, compuesto por mandatarios que obedecen directamente las instrucciones que provienen de los estados. Ejemplos históricos: Estados Unidos (1781-1787) y Suiza hasta 1848.
  4. Estado Autonómico: Se define como un modelo abierto. Las comunidades autónomas, las transferencias y el umbral de competencias, determinado por los estatutos de autonomía, juegan un papel muy importante.

El Estado Autonómico Español

La Constitución y los Estatutos de Autonomía vertebran España como un Estado autonómico. El modelo de Estado desarrollado a partir del bloque de la constitucionalidad corresponde a una forma de Estado cuya estructura territorial del poder es compleja. Aunque no se trata de un Estado federal por su origen, en su funcionamiento es uno de los estados más descentralizados de Europa y cuenta con instituciones equivalentes a las de los países federales europeos, como Alemania o Austria.

  1. Unión Europea: Se implanta como un modelo federalizante "in fieri" (en proceso de formación).

El Impacto de la Unión Europea

Los efectos en el ámbito institucional interno de los países miembros, que normalmente se atribuyen al impacto de la pertenencia a la UE, responden a tendencias generalizadas que admiten también otras causas explicativas. Se observa un reforzamiento del poder ejecutivo en detrimento del legislativo y el estímulo de un tercer nivel subestatal de gobierno. El poder ejecutivo es el que interviene más directamente en la gestión de los asuntos europeos, mientras que las cortes se limitan a controlar.

El Gobierno y la Administración están limitados por la acción conjunta acordada desde Bruselas, por lo que la europeización del sistema político español se traduce en la voluntaria pérdida de soberanía nacional que supone el proceso de integración en europa.eu.

  1. Comunidad de Estados Independientes (CEI): Surgida tras el desmembramiento de la Unión Soviética, se basa en acuerdos entre Rusia, Bielorrusia y Ucrania, con Rusia como estado hegemónico.

La CEI: Una Organización en Desarrollo

La CEI no es un estado en sí mismo, y es comparable a la UE, una entidad de carácter supranacional, antes que a su predecesora, la URSS, un estado centralizado. La CEI tiene a su cargo la coordinación del comercio, finanzas, leyes y seguridad de los estados miembros.

Sin embargo, pocos de estos poderes se ejercen en un ámbito supranacional, y la CEI es criticada, tanto interna como externamente, como una organización simbólica. Para cambiar esta percepción, la prioridad más importante de la organización es el establecimiento de una zona franca en su órbita y conseguir la unión económica de sus miembros.

Retos Actuales

  • El papel de las macro-ciudades (París, Berlín, Londres) genera una unión de dinámicas en el plano económico que también influye en el desarrollo político.
  • El reto del cambio climático.