Estructura Administrativa Colonial Española en América

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Gobierno y administración: La Administración colonial

Las instituciones coloniales fueron una copia de las que estaban vigentes en Castilla y, en un primer momento, fueron gobernadores como delegados regios, los encargados de ejercer la autoridad en nombre del rey, evitando así el desarrollo de poderes nobiliarios autónomos en América.

Pero ya en la década de 1520 comenzaron a surgir instituciones estables que habrían de regir las colonias, estableciendo dos tipos de organismos, según dónde estuviera su sede, en España o en América.

Organismos con sede en España

Los organismos que funcionaban en España estaban presididos por el propio rey y eran el Consejo de Indias y la Casa de Contratación de las Indias Occidentales.

El Consejo de Indias

El Consejo de Indias, creado por Carlos I en 1524, actuaba como tribunal de justicia de todas las causas civiles y criminales en los territorios americanos y era un organismo de carácter consultivo en materias eclesiásticas, legislativas y gubernamentales (sus decisiones eran transmitidas al rey, que las hacía ejecutar promulgando una real orden).

La Casa de Contratación de las Indias Occidentales

La Casa de Contratación de las Indias Occidentales, fundada en 1503 y con sede en Sevilla, controlaba toda la actividad comercial entre España y los territorios conquistados. Su función era la compra, venta, transporte y almacenamiento de todas las mercancías que se exportaban a las Indias y la recogida de las que se importaban desde allí. Además, se encargaba de todo lo relativo a la regularización del tráfico mercantil y a la fiscalización de las entradas de oro y plata. También tenía atribuciones judiciales en los casos de comercio y navegación. El comercio estuvo controlado por la Casa de Contratación y centralizado en el puerto de Sevilla hasta los borbones. En 1790 fue suprimida, aunque había perdido importancia desde mucho antes.

Organismos en los territorios coloniales

En los territorios coloniales se crearon diferentes unidades administrativas territoriales:

  • Los virreinatos, como los de Nueva España (México) y Perú, que gozaban de gran autonomía política y estaban dirigidos por el virrey, persona de gran prestigio, que representaba al rey. Los virreinatos se dividían en gobernaciones.
  • Las Gobernaciones (provincias) estaban al mando de un gobernador con poder militar y ejecutivo, y en los lugares fronterizos o más conflictivos se establecieron Capitanías generales, a cargo de un capitán general, fueron grandes demarcaciones militares con diversas funciones: reclutamiento de tropas, fortificaciones, defensa y abastecimiento de buques.
  • Las Audiencias fueron el modelo castellano de tribunales trasladado a América y se localizaban en las ciudades más importantes. Las apelaciones en las audiencias iban al Consejo de Indias. A veces tenían funciones gubernativas.

Al mismo tiempo fue desarrollándose una legislación específica para la organización de los nuevos territorios que es conocida, con carácter general, como Leyes de Indias.

Las ciudades, en las que residía la mayoría de la población colonizadora, estaban regidas por cabildos y su organización era similar a la de los municipios castellanos. Las ciudades y su territorio circundante formaban corregimientos a cargo de un corregidor.