El Equilibrio Institucional en la Unión Europea: Clave de la Gobernanza y Distribución de Poderes
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El principio de equilibrio institucional es la piedra angular del sistema institucional de la Unión Europea (UE). No solo regula las relaciones entre las instituciones comunitarias, sino que también posibilita el ejercicio de los poderes clásicos de manera que se puedan conjugar los diversos intereses que cada institución representa.
Consecuencias del Principio de Equilibucional Institucional
Este principio fundamental se manifiesta en dos vertientes principales:
1. Ejercicio Conjunto de los Poderes Clásicos
Los poderes clásicos del Estado se ejercen a través del diálogo y la cooperación de las instituciones de la UE:
- El poder legislativo lo ejercen fundamentalmente el Consejo y el Parlamento Europeo, quienes necesitan la propuesta de la Comisión Europea. En caso de procedimientos legislativos especiales, el Consejo o el Parlamento pueden legislar sin propuesta de la Comisión, pero deben contar con la consulta recíproca. Las normas de la Unión son, en términos generales, el resultado de la acción conjunta de estas tres instituciones.
- El poder ejecutivo también se ejerce conjuntamente, esta vez entre el Consejo, el Parlamento y la Comisión. Aunque, como regla general, corresponde a la Comisión por delegación del Consejo o del Parlamento, estos pueden someter el ejercicio de esa delegación a un fuerte control e incluso llevar a cabo por sí mismos la ejecución de sus normas.
- El poder de control, típico de los parlamentos a nivel nacional, en la Unión lo ejercen la Comisión y el Parlamento Europeo.
- El poder jurisdiccional es el único que se ejerce por una sola institución; no está repartido, pues corresponde exclusivamente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
2. Competencias Propias e Inviolables de Cada Institución
La segunda vertiente del principio se traduce en que cada una de las instituciones tiene sus competencias propias, las cuales no pueden ser ejercidas por las otras instituciones, aunque trabajen conjuntamente para conseguir un resultado único. La garantía del respeto a este equilibrio corresponde, en última instancia, al TJUE, que se ha pronunciado en este sentido, afirmando que:
“El respeto del equilibrio institucional implica que cada una de las Instituciones ha de ejercer sus competencias sin invadir las de las demás. Exige también que cualquier incumplimiento de esta regla, caso de que se produzca, pueda ser sancionado.”
De hecho, el principio no es fácil de mantener y ha dado lugar a importantes sentencias. Así, el TJUE siempre ha protegido el derecho del Parlamento Europeo a ser consultado cuando lo establece el Tratado, porque el TJUE entiende que esa consulta representa un elemento esencial del equilibrio institucional querido por el Tratado. En otras sentencias, el TJUE ha llegado incluso a admitir la legitimación activa del Parlamento para interponer un recurso de anulación antes de que este derecho le fuera reconocido por los Tratados, a fin de que se vieran respetadas las prerrogativas del Parlamento Europeo, ya que, según el TJUE:
“una laguna procesal no puede prevalecer contra el interés fundamental en que se mantenga y respete el equilibrio institucional definido por los Tratados.”
Conclusión
En la Comunidad Europea primero y ahora en la Unión Europea, la trilogía clásica —poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial— ha sido sustituida por el principio de equilibrio institucional. Este se basa en una relación de colaboración entre las instituciones, las cuales están obligadas a arbitrar mecanismos para que esa colaboración sea eficaz.