El Empresario y la Empresa: Marco Jurídico y Responsabilidad Legal

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Empresa, Empresario y su estado jurídico

Concepto de empresa

Según Broseta, el concepto de empresa se define como una "organización de capital y de trabajo destinada a la producción o mediación de bienes o de servicios para el mercado, planificada con arreglo a un criterio de economicidad".

Elementos de la empresa

  • Personales: Se refiere a las relaciones laborales que ligan al empresario con sus trabajadores.
  • Bienes materiales e inmateriales: Incluye cosas materiales muebles e inmuebles.
  • Derechos de la propiedad industrial.
  • Relaciones jurídicas de origen y naturaleza contractual.

Conclusión: La empresa no es una simple suma de todos estos elementos, sino una organización productiva de todos ellos.

Clasificación de la empresa

Por su dimensión

Se dividen en grandes, medianas, pequeñas o Pymes. Para diferenciarlas, debemos atender a dos criterios principales:

  • Criterio contable.
  • Criterio fiscal.

Por su actividad

Distinguimos entre:

  • Industrias.
  • Comercios.
  • Servicios.

Por su ámbito

  • Nacional.
  • Internacional.

El Empresario

El empresario es la persona que con responsabilidad propia toma a su cargo una empresa. Para el Derecho, el empresario es la persona física o jurídica que, por sí mismo o por medio de delegados, ejercita y desarrolla una actividad económica en el mercado, adquiriendo la titularidad de los derechos y obligaciones nacidos de esta actividad.

Distinción entre empresario mercantil y empresario civil

1. Empresario mercantil

  • Individual: Son aquellos que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican a él habitualmente.
  • Colectivo: Las compañías mercantiles o industriales que se constituyeren con arreglo a este código; es una persona jurídica creada a partir del acuerdo de dos o más personas con un fin lucrativo.

2. Empresario civil

  • Pequeños empresarios: Actúan en el comercio con su trabajo propio.
  • Empresarios agrícolas: Realizan actividades de naturaleza civil.
  • Empresarios públicos: Realizan actividades mercantiles o industriales a través de entes públicos.

Empresario de Responsabilidad Limitada (ERL)

El marco legal para esta figura se establece en los siguientes artículos:

  • Artículo 7: El emprendedor persona física podrá limitar su responsabilidad por las deudas que traigan causa del ejercicio de dicha actividad empresarial o profesional mediante la condición de "Emprendedor de Responsabilidad Limitada".
  • Artículo 8:
    1. El emprendedor de responsabilidad limitada podrá obtener que su responsabilidad y la acción del acreedor que tenga origen en las deudas empresariales o profesionales no alcance el bien sujeto.
    2. Podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad la vivienda habitual del deudor, siempre que su valor no supere los 300.000 euros.
    3. No podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad el deudor que hubiera actuado con fraude o negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros.

Requisitos para constituirse como ERL

  • Inscripción del empresario en el Registro Mercantil.
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad.

Estatuto General del Empresario

El empresario mercantil está sometido al estatuto jurídico del empresario mercantil: un conjunto de normas que regulan el nacimiento, capacidad y extinción de su condición de empresario, así como sus derechos, responsabilidades y obligaciones.

Según el Artículo 1911 del Código Civil (CC): "Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes presentes y futuros".

Obligaciones generales para acceder a este estatuto

  1. Capacidad legal (Art. 4): Tendrán capacidad legal para el ejercicio habitual del comercio las personas mayores de edad que tengan la libre disposición de sus bienes.
  2. Ejercicio de la actividad con carácter habitual.