Clasificación de las Actuaciones Judiciales y Resoluciones Judiciales en el Proceso Civil

Enviado por Comunidad Xuletas y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,69 KB

Clasificación de las Actuaciones Judiciales

Las actuaciones judiciales, según la forma en que se decretan y realizan, se clasifican en:

a) Con Audiencia

El tribunal, antes de decretar o rechazar la actuación, debe conferir traslado por un plazo fatal de 3 días a la parte que no solicitó la actuación. Esta parte puede exponer lo que estime conveniente respecto de ella. La solicitud genera de inmediato un incidente, y debe ser proveída como "traslado y autos". La actuación judicial solo podrá llevarse a cabo una vez que el tribunal haya fallado el incidente, dando lugar a esta, y se notifique la resolución a las partes.

b) Con Citación

La actuación no puede llevarse a efecto sino pasados 3 días después de la notificación de la parte contraria. Esta tiene el derecho de oponerse o deducir observaciones dentro de dicho plazo. Puede o no producirse un incidente. La parte puede optar por no deducir observaciones, en cuyo caso la actuación se lleva a cabo inmediatamente transcurrido el plazo, o puede oponerse.

c) Con Conocimiento

La diligencia se puede llevar a efecto desde que se pone en conocimiento del contendor lo resuelto.

d) De Plano

El tribunal decreta la actuación de inmediato, sin mayores formalidades ni espera de términos o notificaciones. Este tipo de actuación no se encuentra en nuestro ordenamiento jurídico.

Clasificación de las Resoluciones Judiciales (Artículo 158 del Código de Procedimiento Civil)

El artículo 158 del Código de Procedimiento Civil (CPC) establece que las resoluciones judiciales se denominan:

  • Sentencias Definitivas: Ponen fin a la instancia, resolviendo la cuestión o asunto que ha sido objeto del juicio.
  • Sentencias Interlocutorias: Fallan un incidente del juicio, estableciendo derechos permanentes a favor de las partes, o resuelven sobre algún trámite que debe servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria. (Ejemplos: resolución que declara abandonado el procedimiento, resolución que recibe la causa a prueba).
  • Autos: Resolución que recae en un incidente no comprendido en el inciso anterior. No establecen derechos permanentes a favor de las partes. (Ejemplo: resolución que se pronuncia sobre una medida precautoria). Si ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, procede el recurso de casación.
  • Decretos, Providencias o Proveídos: Tienen por objeto determinar o arreglar la substanciación del proceso, sin fallar sobre incidentes o trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia.

El artículo 70 del Código Orgánico de Tribunales (COT) señala: "Se entiende por providencia de mera sustanciación las que tienen por objeto dar curso progresivo a los autos, sin decidir ni prejuzgar ninguna cuestión debatida entre partes." (Ejemplo: traslado de la demanda al demandado).

Tipos de Notificaciones

  1. Notificación Citación: Llamamiento hecho por el órgano jurisdiccional o una parte a un tercero para que comparezca al tribunal.
  2. Notificación Emplazamiento: Llamado a las partes para que, dentro de un determinado plazo, hagan valer sus derechos.
  3. Notificación Requerimiento: Apercibimiento de una de las partes para que, en el acto, haga o no haga alguna cosa.
  4. Notificación Propiamente Tal: Poner en conocimiento de las partes o de terceros una determinada resolución judicial, con el fin de que produzca sus efectos legales.