Evaluación de Perjuicios en el Derecho Civil
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Evaluación Judicial de los Perjuicios
La evaluación judicial es realizada por el juez en base a las pruebas presentadas, determinando el monto de los perjuicios. La indemnización comprende dos rubros: Daño Emergente y Lucro Cesante. Cuando solo hay culpa en el deudor, este responde por los Perjuicios Directos Previstos, previstos como posibles al celebrar el contrato. En caso de dolo, el deudor es responsable de todos los Perjuicios Directos, sean Previstos o Imprevistos. Si las partes han litigado sobre la especie y monto de los daños, el juez fijará la suma a pagar en su sentencia. De lo contrario, el demandante se reserva el derecho a discutirlos en la etapa de ejecución de la sentencia o en un juicio aparte.
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