La Persona en el Derecho Romano: Sujeto de las Relaciones Jurídicas
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PERSONA
EL SUJETO DE LAS RELACIONES JURÍDICAS.
En el Derecho Romano Antiguo, no se atribuía la calidad de persona a otro sujeto que no fuera el hombre.
PERSONA FÍSICA (Homines liberi)
A causa de los hombres se constituyó todo el jus – (Hermogeniano - Digesto 1.5.2)
Persona: Hombre con los tres (3) status
El Nasciturus
PREEXISTENCIA
NASCITURUS (Quien puede nacer - tiene aptitud para nacer)
Protección de la Madre: CURADOR VENTRI – Cuidador del vientre materno por 9 meses lunares (Digesto).
Protección del Nonato: esa víscera podía vivir autónomamente.
Protección al Padre: El hombre sin descendencia era rechazado socialmente.
El hijo póstumo –un relicto- la mejor reliquia del padre muerto con quien compartía la sangre.